LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

196° y 147°

Visto el contenido de la diligencia suscrita ante este Juzgado, en fecha 11-03-1999, donde el ciudadano ENGELBERT ALDANA PACHECO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-12.817.104, en su carácter de parte demandada, asistido por la abogada JUDITH MARIÑO VIVAS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 28.360, en la que manifiesta su intención de CONVENIR en la demanda; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Publíquese, regístrese y dejase copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los nueve (09) días del mes de octubre del año dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.


Abg. GREGORIO E. PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal

MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria