JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

196° y 147°


Visto el contenido de la diligencia suscrita ante este Juzgado, en fecha 01-10-1998, donde el abogado ORLANDO URBINA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 13.989, en su carácter de apoderado judicial de la INDUSTRIA NEVETACHIRA, de este domicilio, inscrita en el Registro de Comercio de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 03 de noviembre de 1.976, bajo el N° 44, tomo 2-B, en su carácter de parte demandante, por una parte y por la otra el ciudadano SIMON ADELGI ZAMBRANO DUQUE, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad, N° V-3.794.069 y de este domicilio, en su carácter de parte demandada, asistido por el Abogado JORGE ORLANDO CHACÓN CHAVEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 12.917, en la que manifiesta su intención de CONVENIR en la demanda; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. El Juez Temporal (fdo) GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR, la Secretaria (fdo) MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS. Hay sello húmedo del Tribunal.