JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

196° y 147°

Visto el contenido de la diligencia suscrita ante este Tribunal, en fecha 20 de MAYO de 1999, donde el abogado JOSÉ RAMON CONTRERAS SÁNCHEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 7.715, en su carácter de coapoderado judicial de la parte demandante, ciudadanos FEDERICO EMILIO MONTES GUZMÁN, NEPTALÍ DUQUE USECHE y PEDRO WILFREDO LLOVERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-994.857, V-988.242 y V-4.357.121 respectivamente, por una parte y por la otra, la sociedad mercantil BANCO DE OCCIDENTE C.A., inscrita por ante el Registro Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el 05 de septiembre de 1.957, bajo el N° 74, en su carácter de parte demandada, a través de su apoderado judicial JIMMY ANGEL URDANETA CORDERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 9.720 donde deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los once días del mes de octubre del año dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.



Abg. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal











MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria