JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diez (10) de octubre de dos mil seis.
AÑOS: 196° y 147°
Vista la TRANSACCION celebrada en fecha 06 del presente mes y año, entre los ciudadanos: JORGE ELIÉZER LEAL RANGEL, abogado inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.97.360, en su carácter de apoderado judicial de la demandante ciudadana SONIA MARGARITA RUIZ RUEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.3.076.028, de este domicilio, Y el demandado, ciudadano JOSE HELIODORO CONTRERAS VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 1.549.412, de este domicilio, asistido por la abogado SOLEDA LANDINEZ GOMEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 58.540, que corre a los folios 11 y 12, en el expediente No.11.119-06; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal, y archívese el expediente una vez conste en autos el cumplimiento de la misma.-
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank A. Villamizar
Secretario
En la misma fecha se dictó la anterior decisión a la una de la tarde (01:00 p.m.) quedando registrada bajo el No.160; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-
El Secretario
Exp.11.119-06
deisyF.
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