JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal,  treinta  y uno de Octubre del año dos mil seis.
 
 
196º    y   147º
 
 
	Recibida por Distribución la presente solicitud, constante todo de  (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente.  Y de la revisión de los recaudos presentados se observa que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a la ciudadana   MARITZA TERESA RIQUEZES DE RAMIREZ y a su hija ALMARY TERESA   RAMIREZ RIQUEZES  el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano JOSE ALFONSO RAMIREZ, con cédula  de Identidad  Nº 1.545.666. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes. 
 
LA  JUEZ TEMPORAL
 
 
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
 
 
LA SECRETARIA TEMPORAL
 
 
ABOG. ROSA ZAMBRANO PRATO
 
 
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