REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, dieciocho de octubre de dos mil seis.
196º y 147º
Recibido por Distribución solicitud constante de un (01) folio útil y los recaudos anexos en catorce (14) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos: ROSALY KATHERINE DUQUE CONTRERAS, VICKY TATIANA MÉNDEZ CONTRERAS ARISTOBULO CAMPO CONTRERAS ARELLANO, MARÍA EUGENIA CONTRERAS ARELLANO Y JESÚS IGNACIO CONTRERAS ARELLANO, venezolanos, mayores de edad y hábiles, EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus, YRAISA MARÍA CONTRERAS ARELLANO, quien fuera madre de los antes mencionados, se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver originales de estas actuaciones dejando copia certificada para el archivo del Tribunal, y expedir seis (06) copias certificadas. EL JUEZ TEMPORAL. PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRIGUEZ. (fdo)EL SECRETARIO TEMPORAL. ERNESTO RAMÍREZ. ((hay sello del Tribunal).