REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, once (11) de octubre de dos mil seis.
196º y 147º
Recibido por distribución escrito de solicitud constante de tres (03) folios útiles, y consignados los recaudos constantes de veintitrés (23) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias para asegurarle a los ciudadanos: Ana Grisela, Ninfa María, Marlene, Ninive, Jesús Ángel, María Egleé, Elaine, Graciela, Betty Margarita, Nelly Esperanza, Lenis del Carmen y Yenny Tibisay Mendoza Rodríguez, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.075.038, 3.076.213, 3.076.212, 3.076.214, 2.812.825, 3.998.038, 3.792.443, 3.792.444, 5.026.238, 5.648.252, 5.648.251 y 9.212.518, de este domicilio y hábiles, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus Ana Ángela Rodríguez, quien fuera madre de los antes nombrados. Todo de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver original de estas resultas a la parte solicitante y dejar copia certificada para el archivo del Tribunal. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación. El Juez Temporal, (fdo) Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez. El Secretario Temporal, (fdo) Ernesto José Ramírez. (Hay sello del Tribunal.)