REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, diecinueve de octubre de dos mil seis.-

196° y 147°
Visto el escrito presentado por los ciudadanos CARLOS MANUEL ARIAS OCHOA y MARIA DEL CARMEN ALBARRACIN CAMARGO, venezolanos, mayores de edad, divorciados, portadores de las cédulas de identidad números: V-5.030.961 y V-5.742.221, de este domicilio y hábiles, debidamente asistidos por la abogado LUPE ROSARIO DIAZ VIVAS, inscrita en el Inpreabogado, bajo el N° 38.780; en el que solicitan la homologación de la liquidación y Partición de la Comunidad Conyugal e igualmente, vista la ratificación efectuada por ellos mismos, en su diligencia de fecha 16 de octubre de 2006; así mismo, en virtud de la Sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 29 de marzo de 2006, en la que declaró CON LUGAR el Divorcio por Ruptura Prolongada de la vida en común de los referidos ciudadanos CARLOS MANUEL ARIAS OCHOA y MARIA DEL CARMEN ALBARRACIN CAMARGO. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACION de Ley y se acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Queda así partida y liquidada la comunidad conyugal que existió entre los ciudadanos CARLOS MANUEL ARIAS OCHOA y MARIA DEL CARMEN ALBARRACIN CAMARGO, bajo la forma, términos y condiciones que las mismas partes libremente han convenido. Asimismo, se acuerda hacer el desglose solicitado, dejando en su lugar la respectiva copia certificada y entréguese los originales a la parte interesada, una vez aporte los fotostatos correspondientes. Expídase copia mecanografiada certificada, a los fines de su registro.-

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
SECRETARIA

nancy

SOLICITU N° 6907-06