REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.-
Por auto de fecha 08 de Febrero de 2006, este Juzgado le dio entrada a la solicitud hecha por la abogada YANETH GLEOMAR GARCIA GARCIA, titular de la cedula de identidad N° V-13.303.574, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.832, actuando en representación de los ciudadanos MARIZOL DEL CARMEN CEBALLOS GARCIA, NORA CECILIA CEBALLOS GARCIA, GLADYS ESPERANZA CEBALLOS GARCIA, ANTONIO RAMÓN CEBALLOS GARCIA y JOSE GERARDO CEBALLOS GARCIA, todos venezolanos, mayores de edad, la primera casada y los demás solteros, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-9.128.594, V-9.332.507, V-9.338.443, V-9.125.473 y V-9.336.415, en su orden, todos domiciliados en la ciudad de Pregonero, Municipio Uribante del Estado Táchira, según Poder Especial otorgado ante la Oficina Subalterna de Registro Público en funciones notariales del Municipio Uribante del Estado Táchira, inserto bajo el N° 26; Protocolo Tercero Adicional; Tomo IV; de fecha 21 de junio de dos mil cinco, en la que solicita la RECTIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS DE NACIMIENTOS: PRIMERA: Nº 545, inserta ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira, y el Registro Principal del Estado Táchira, de fecha diecinueve de agosto de mil novecientos sesenta y cinco, perteneciente a la ciudadana NORA CECILIA CEBALLOS GARCIA, en el sentido de que aparece incorrectamente el nombre de la madre de la poderdante, mencionándose “CARMEN GARCIA”, siendo lo correcto “BALFINA DEL CARMEN GARCIA RAMIREZ”; SEGUNDA N° 136, de fecha ocho de febrero de mil novecientos sesenta y cuatro, inserta ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira y el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana MARIZOL DEL CARMEN CEBALLOS GARCIA, en el sentido de que aparece incorrectamente el nombre de la
madre de la poderdante, mencionándose “CARMEN GARCIA”, siendo lo correcto “BALFINA DEL CARMEN GARCIA RAMIREZ”; TERCERA: N° 577, de fecha once de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve, inserta por ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira y el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana GLADYS ESPERANZA CEBALLOS GARCIA, en el sentido de que aparece incorrectamente el nombre de la madre de la poderdante, mencionándose “BALFINA GARCIA”, siendo lo correcto “BALFINA DEL CARMEN GARCIA RAMIREZ”; CUARTA: N° 834, de fecha nueve de diciembre de mil novecientos sesenta y siete, inserta por ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira y el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano JOSE GERARDO CEBALLOS GARCIA, en el sentido de que aparece incorrectamente el nombre de la madre del poderdante, mencionándose “DELFINA GARCIA”, siendo lo correcto “BALFINA DEL CARMEN GARCIA RAMIREZ” y QUINTA: N° 675, de fecha veintiocho de septiembre de mil novecientos sesenta y uno, inserta por ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira y el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano ANTONIO RAMÓN CEBALLOS GARCIA, en el sentido de que aparece incorrectamente el nombre de la madre del poderdante, mencionándose “CARMEN GARCIA”, siendo lo correcto “BALFINA DEL CARMEN GARCIA RAMIREZ”.-------
En fecha 26 de Mayo de 2006, se notifico legalmente al Fiscal XIV del Ministerio Público del Estado Táchira.-------------------------------------------------
En fecha 14 de Julio de 2006, la Abogada Mildred Coromoto Moncada Contreras, consignó ejemplar de Diario El Universal donde apararece publicado el edicto ordenado el cual fué agregado a los autos en esa misma fecha.--------------
Cumplidas las formalidades legales con el examen de los documentos ya relacionados, el JUEZ llega a la conclusión de que se trata efectivamente de un error material cometido en las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos NORA
CECILIA CEBALLOS GARCIA, MARIZOL DEL CARMEN CEBALLOS GARCIA, GLADYS ESPERANZA CEBALLOS GARCIA, JOSE GERARDO CEBALLOS GARCIA, ANTONIO RAMÓN CEBALLOS GARCIA, y por cuanto efectivamente en el expediente consta al folio 08 Partida de Nacimiento Nº 67 expedida por la Prefectura del Municipio Pregonero del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana BALFINA DEL CARMEN, es por lo que la presente solicitud de rectificación de error material de Partida de Nacimiento es procedente, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.-----
Por los motivos expuetos, este Tribunal Administrando Justicia en
Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
DECLARA CON LUGAR la presente solicitud. En consecuencia las partidas de nacimiento PRIMERA: Nº 545, inserta ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira, y el Registro Principal del Estado Táchira, de fecha diecinueve de agosto de mil novecientos sesenta y cinco, perteneciente a la ciudadana NORA CECILIA CEBALLOS GARCIA, queda rectificada de la siguiente manera en el sentido de que aparece incorrectamente el nombre de la madre de la poderdante, mencionándose “CARMEN GARCIA”, siendo lo correcto “BALFINA DEL CARMEN GARCIA RAMIREZ”; SEGUNDA N° 136, de fecha ocho de febrero de mil novecientos sesenta y cuatro, inserta ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira y el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana MARIZOL DEL CARMEN CEBALLOS GARCIA, queda rectificada de la siguiente manera en el sentido de que aparece incorrectamente el nombre de la madre de la poderdante, mencionándose “CARMEN GARCIA”, siendo lo correcto “BALFINA DEL CARMEN GARCIA RAMIREZ”; TERCERA: N° 577, de fecha once de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve, inserta por ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira y el Registro Principal del Estado
Táchira, perteneciente a la ciudadana GLADYS ESPERANZA CEBALLOS GARCIA, queda rectificada de la siguiente manera en el sentido de que aparece incorrectamente el nombre de la madre de la poderdante, mencionándose “BALFINA GARCIA”, siendo lo correcto “BALFINA DEL CARMEN GARCIA RAMIREZ”; CUARTA: N° 834, de fecha nueve de diciembre de mil novecientos sesenta y siete, inserta por ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira y el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano JOSE GERARDO CEBALLOS GARCIA, queda rectificada de la siguiente manera en el sentido de que aparece incorrectamente el nombre de la madre del poderdante, mencionándose “DELFINA GARCIA”, siendo lo correcto “BALFINA DEL CARMEN GARCIA RAMIREZ” y QUINTA: N° 675, de fecha veintiocho de septiembre de mil novecientos sesenta y uno, inserta por ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira y el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano ANTONIO RAMÓN CEBALLOS GARCIA, queda rectificada de la siguiente manera en el sentido de que aparece incorrectamente el nombre de la madre del poderdante, mencionándose “CARMEN GARCIA”, siendo lo correcto “BALFINA DEL CARMEN GARCIA RAMIREZ”. Y asi se decide.---------------------
Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por ante el Registro Civil correspondiente y por ante el Registro Principal del Estado Táchira a fin de que sea estámpada la corespondiente nota marginal.---
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.-------------------------------------------------
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los diecinueve días del mes de
Octubre del dos mil seis. AÑOS 196º de la Independencia y 147º de la Federación.----------------------------------------------------------------------------
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
Iraly Jocelyn Urribarri Diaz
Secretaria Temporal
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia siendo la una de la tarde y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-
Iraly Jocelyn Urribarri Diaz
Secretaria Temporal
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