REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

San Antonio del Táchira, 7 de Noviembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-001229
ASUNTO : SP11-P-2006-001229


RESOLUCIÓN DE AMPLIACIÓN DE PRESENTACIONES

Vista la solicitud de fecha 01 de noviembre de 2006, realizada por el imputado MARCOS CESAR SANABRIA SUAREZ, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Atalaya, República de Colombia, nacido el día 09-05-1983, de 22 años de edad, hijo de Pedro Simón Sanabria (v) y María Nubia Suárez (v), portador de la cédula de ciudadanía N° 88.267.102, Estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, residenciado en el Barrio La Popa, calle 12 casa N° 8-64, San Antonio del Táchira , donde solicita la extensión de las presentaciones del mismo, este Tribunal para decidir observa:

En el escrito en referencia, el imputado expone: “…La ampliación de las presentaciones por inconvenientes familiares, lo cual me queda muy difícil presentarme cada ocho (08) días, mi esposa se le adelanto el parto de unos mellizos lo cual nacieron prematuros de 6 meses, lo cual los tienen en cuidados intensivo por que se encuentran delicados de salud”

El Tribunal visto lo manifestado por el referido imputado, hace una revisión en el sistema IURIS 2000, de la presente causa para constatar si efectivamente el imputado MARCO CESAR SANABRIA SÚAREZ, ha cumplido con la obligación que le impuso el Tribunal en fecha 10 de abril de 2.006, es decir, presentarse cada ocho (08) días por ante la Oficina de Alguacilazgo, efectivamente, desde el día 21 de abril de 2.006, hasta la presente, ha cumplido con dichas presentaciones el imputado Marcos Cesar Sanabria, considerando quien decide que lo ajustado a derecho en el presente caso es reconsiderar las presentaciones a las que se encuentra sometido el referido ciudadano, en consecuencia acuerda que las mismas sean efectuadas una vez cada mes, manteniéndose el resto de las condiciones impuestas en la decisión mediante la cual se le otorgó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad en su oportunidad, y así se decide.

En mérito de lo anterior este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:

ÚNICO: Amplía la periodicidad en las presentaciones a las cuales se encuentra sometido el acusado MARCOS CESAR SANABRIA MORENO, acordándose que a partir de la presente fecha, sean efectuadas ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, UNA VEZ CADA MES, manteniéndose el resto de las condiciones impuestas en la decisión mediante la cual se le otorgó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad en su oportunidad, ello de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio a la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión.






ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL




ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
SECRETARIO