REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 14 de Noviembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-002560
ASUNTO : SP11-P-2006-002560


Vista la solicitud de fecha 24 de Octubre de 2006, realizada por el abogado; defensor privado, del imputado ALONSO VEGA MARTINEZ, plenamente identificado en el presente asunto, donde solicita la extensión de las presentaciones del mismo, este Tribunal para decidir observa:

En el escrito en referencia, el imputado expone que, ha estado cumpliendo rigurosamente el régimen de presentación, el cual es de cada quince (15) días lo cual acata desde la fecha que le fue otorgada la gracia, si que sea óbice el que tenga que desplazarse desde cualquier parte donde se encuentre.

El Tribunal visto lo manifestado por el referido profesional del derecho, libró en fecha 26-10-2006 oficio Nro. 2C-2708/2006, dirigido a la Oficina de Alguacilazgo, solicitando record de presentaciones, cuya respuesta se recibió en fecha 06-11-2006 en donde informa que el imputado se ha presentado de la manera establecida, lo que evidencia que efectivamente éste ha dado cumplimiento cabal al régimen impuesto, considerando quien decide que lo ajustado a derecho en el presente caso es reconsiderar las presentaciones a las que se encuentra sometido el referido ciudadano, en consecuencia acuerda que las mismas sean efectuadas una vez cada mes, manteniéndose el resto de las condiciones impuestas en la decisión mediante la cual se le otorgó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad en su oportunidad, y así se decide.

En mérito de lo anterior este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:

ÚNICO: Amplía la periodicidad en las presentaciones a las cuales se encuentra sometido el acusado ALONSO VEGA MARTINEZ, acordándose que a partir de la presente fecha, sean efectuadas ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, UNA VEZ CADA MES, manteniéndose el resto de las condiciones impuestas en la decisión mediante la cual se le otorgó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad en su oportunidad, ello de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio a la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión.






ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL





ABG. LUCY MAIRENA MÁRQUEZ DELGADO
SECRETARIA




CÚMPLASE CON LO ORDENADO