REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 13 de noviembre de 2006.
196° y 147º

Visto el convenimiento, celebrado por ante este Despacho, en el expediente N° 1.810-06, por obligación alimentaria entre los ciudadanos PEDRO JESÚS ABRIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.137.503 y SANDRA MILENA ALBINO MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.928.892, a favor del niño (Se omite el nombre), y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Quince Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Banco de Fomento Regional los Andes a fin de aperturar Cuenta de Ahorros. Cúmplase.

El Juez Temporal,


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.

La Secretaria,


Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas

En la misma fecha se notificó al Fiscal Quince Especializado Para la Protección del Niño y del Adolescente y se oficio bajo los Nos. 3130-1177.
La Sria,


Exp. 1810-06
PAGP/Jhony.-