JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, siete (07) de noviembre del año dos mil seis.
196º y 147º
Visto el contenido del escrito de fecha 01-11-1990, suscrita por la abogada EDITH SULAMY GARCÍA SÁNCHEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el No. 72.685, apoderada judicial de la parte demandante, CONDOMINIO TORRE 3 “EL PARQUE”, por una parte, y por la otra, el ciudadano FERNANDO QUINTANA MONTOYA, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.236.492, parte demandada, asistido por la abogada AURA GÓMEZ GÓMEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 103.682, en donde deciden poner fin al presente juicio mediante CONVENIMIENTO, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese y dejase copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los siete (07) días del mes de noviembre del año dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
ABG. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal
MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria
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