En el día hábil de hoy, DIECISIETE (17) de Noviembre de 2006, siendo las 3:00 P.M, oportunidad fijada para que tenga lugar de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el ciudadano FRANCISCO PINEDA LABRADOR, titular de la cédulas de identidad Nro. 1.533.951 (parte actora en la presente causa); asistido por la Abogada IRMA MAGALY ROJAS LOAIZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 69.756; por la empresa demandada su representante ciudadano FREDDY RAFAEL AGUIRRES MIERES, identificado con la cédula de identidad Nro. 5.276.468 asistido por el Abogado BRAULIO CESAR SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-2.688.910, con Inpreabogado Nro. 38.640. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los puntos demandados, por la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 4.0000,00) que son cancelados el día de hoy mediante cheque Nro. 019176 girado a nombre del trabajador contra la Cuenta Corriente Nro. 0108-0033-16-0100074974 en el Banco Provincial, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a favor del Trabajador, por prestaciones sociales ni por ningún otro concepto. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por concepto de la relación laboral, ni por ningún otro concepto derivado de ella. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, así mismo se deja constancia que el archivo definitivo del presente expediente se ordenará una vez conste en autos el último de los pagos acordados en la presente acta. Igualmente se deja constancia de la entrega de las pruebas presentadas por ambas partes al inicio de la Audiencia Preliminar.
EL JUEZ
ABOG. JOSE LEONARDO CARMONA G.
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