REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE TRANSICION DE SUSTANCIACION,
MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
AÑOS 194 Y 145
ACTA
ASUNTO Nro. 3008-97
PARTE ACTORA: CARMEN BEATRIZ HEVIA GARCIA
APODERADOS JUDICIALES: MIREYDA ELIZABETH GARCIA
PARTE DEMANDADA: DISPENSARIO MEDICO PARROQUIAL SANTA TERESA
APODERADO JUDICIAL: ROGER PARRA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, 01 de NOVIEMBRE de 2006, a las 11:50 de la mañana, se hicieron presentes en las sede del Tribunal, la parte demandante a trevés de us apoderada Mireyda Elizabeth Ramírez Inpreabogado Nro.20.459 y por la parte demandada el abogado EOGER J. PARRA C. inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.23.442, en su condición de consultor jurídico de la Diócesis de San Cristóbal, y en nombre del Presbítero JORGE LEODAN PERNIA actual Párroco de la Parroquia Santa Teresa, convienen en efectuar el pago voluntario de DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs.2.962.997,10), la cual se hace en efectivo de manos del Dr. Roger Parra y lo recibe conforme la ciudadana CARMEN BEATRIZ HEVIA GARCIA identificada con la cédula Nro.5.646.410, declarando que no tiene nada más que reclamar por la relación laboral demandada. Asimismo la parte actora asume el pago de los honorarios de la experta. Licenciada Rosalba Bianqui, por la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,oo) quien los recibe conforme y declara que nada queda a deberle ninguna de las partes por este concepto. Seguidamente el Tribunal visto el acuerdo realizado entre las partes HOMOLOGA el mismo, le dá el carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas.
Juez Abog. Nory Gotera Bravo.
Parte Codemandante, Parte demandada,
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