REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, ocho de noviembre de dos mil seis. 196º y 147º. Recibido por distribución solicitud de título supletorio, constante de dos (02) folios útiles y consignados sus recaudos, constantes de quince (15) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho se declara TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN O DERECHOS SOBRE: Un vehículo de las siguientes características: UN (01) AUTOBUS; CARROCERIA: BUSRCFBVN1B116536POLO, CHASIS: 9BVS3E9121E318060, EVAPORADOR N° 0417888214; SERIAL MOTOR: D10A68649E; N° CONDENSADOR: 0417888201, MANIFIESTO DE IMPORTACIÓN Y DECLARACIÓN DE VALOR, EXPEDIDO EN SANTA ELENA DE UAIREN N° 21641253. Adquirido según factura N° 00232-01, de fecha 18 de junio de 2001, y certificado de origen N° CX503, de fecha 18 de junio de 2001 y Constancia de Registro de número de identificación de vehículo número de control VIN-3417-496 de fecha 15 de marzo de 2001, a la sociedad mercantil “Expresos Occidente C.A.”. Se acuerda devolver original de estas actuaciones al solicitante y dejar copia para el archivo del Tribunal. (fdo)EL JUEZ TEMPORAL. PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRIGUEZ.(fdo)EL SECRETARIO. GUILLERMO ANTONIO SÁNCHEZ MUÑOZ. ((hay sello del Tribunal).