JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, seis de noviembre de dos mil seis.-
196º y 147º

Visto el escrito de fecha 31 de octubre de 2006, presentado por los ciudadanos NELIDA MARISOL GARCIA PEREZ, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.379, actuando en este acto con el carácter de Endosataria en Procuración y parte demandante, por una parte, y por la otra; la Sociedad Mercantil “DISTRIBUIDORA DUMAFRUT, C. A.”, parte demandada, en el que celebran TRANSACCIÓN JUDICIAL. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles se le imparte la Homologación de Ley, se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo, vista la diligencia, de fecha 01 de noviembre de 2006, suscrita por la demandante NELIDA MARISOL GARCIA PEREZ y, por cuanto la parte demandada hizo entrega de cheque contra el Banco Venezuela, en calidad de pago a la parte demandante, el cual ya lo hizo efectivo, SE LEVANTA LA MEDIDA de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal, en fecha 17 de junio de 2003. Notifíquese lo conducente al Registrador Subalterno Jurisdiccional. Hecho lo cual, se declara terminado el presente juicio y el archivo del expediente.-
LA JUEZ

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS

LA SECRETARIA

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
En la misma fecha se ofició al Registrador Subalterno del Segundo Circuito, bajo el N° 0860-1554.-
LA SECRETARIA

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
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