Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, veintitrés de Noviembre de dos mil seis.
196º y 147º
Visto el escrito presentado por los ciudadanos JESÚS ORLANDO ORTIZ y CLEVIS ALICIA VELASCO MONSALVE, venezolanos, mayores de edad, Divorciados, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-2.759.959 y V-3.997.964, respectivamente, asistidos por la Abogada ZULAY JAIMES DE TORRES, inscrita en el IPSA. bajo el Nº 38.678, en el que solicitan la homologación de la liquidación y partición de la comunidad conyugal e igualmente vista la ratificación realizada por los ciudadanos JESÚS ORLANDO ORTIZ y CLEVIS ALICIA VELASCO MONSALVE, ya identificados, en su diligencia de fecha 21 de Noviembre de 2006, y en virtud de la Sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 26 de Enero de 2006, en la que se declaró con lugar el Divorcio por Ruptura Prolongada de la Vida en Común de los citados ciudadanos JESÚS ORLANDO ORTIZ y CLEVIS ALICIA VELASCO MONSALVE. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Queda así partida y liquidada la comunidad conyugal que existió entre los ciudadanos JESÚS ORLANDO ORTIZ y CLEVIS ALICIA VELASCO MONSALVE, bajo la forma, términos y condiciones que las mismas partes libremente han convenido.



REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR


IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA

Elena