REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2001-000144
ASUNTO : LL11-P-2001-000144
Visto el oficio N° 82-06 de fecha 25-04-2006, suscrito por la Abg. Liceth Blanco Agamez, en su condición de Directora del Centro Penitenciario de Los Andes, con sede en San Juan de Lagunilla, Estado Mérida, donde informa que el computo actualizado de fecha 04-04-2006, correspondiente a la penada: VASQUEZ DE BARRIOS ROSA AMELIA, presenta un error involuntario en la fecha de cumplimiento de pena, en tal sentido solicita se realice un nuevo cómputo de cumplimiento de pena, a tal efecto, se ordena elaborar cómputo de pena tal como lo establece el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, para determinar la pena de cumplimiento, se observa que la penada: VASQUEZ DE BARRIOS ROSA AMELIA, fue detenida en fecha 13-04-2000, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la el día 05-05-2006, fecha ésta en que se elaboro el cómputo, es decir, por 06 Años, 22 Días, que sumado a tres redenciones de fechas 9-10-02, 01 Año, 02 meses y 13 días, 03-09-03, 05 meses y 19 días y de fecha 11-10-2005, por 05 meses y 18 días, y por cuanto en fecha 09-03-2006 le fue modificado el quantum de la pena la cual deberá cumplir por el lapso de 09 Años de Prisión, le falta por cumplir 09 Meses y 18 días, la cual cumplirá el 23-02-2007, al finalizar el día. Notifíquese al Ministerio Público a la defensa y al penado Remítase oficio al Centro Penitenciario de la Región Andina junto con copia del cómputo realizado. Librese oficio. Cúmplase.-------------------------------------------------

JUEZ DE EJECUCION N° 02

Abg. JESÚS ORLANDO RONDON CONTRERAS

LA SECRETARIA

Abg