En horas de despacho del día de hoy, Martes Treinta (30) de Mayo del año dos mil seis, a las 3:00 p.m., se trasladó el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR, INDEPENDENCIA, LIBERTAD Y PEDRO MARIA UREÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, y se constituyó a las 3:15 p.m., en un Bien Inmueble consistente una Hacienda denominada La Trinidad, ubicada contigua a la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, a los fines de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, para llevar a la práctica la realización del INVENTARIO SOLEMNE DE LOS BIENES que conforman el acervo hereditario dejados por el causante ABEL ORESTES MACARIO SANTOS STELLA, decretado por el Juzgado de la causa en la Solicitud signada bajo el Nro. 6813-2005, formulada por la ciudadana MARIA ANASTACIA CARDENAS DE SANTOS. Está presente el ciudadano ADOLFO ANTONIO PAOLINI PISANI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.892.684, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARIA ANASTACIA CARDENAS DE SANTOS, Solicitante del Inventario Solemne de Bienes. Se encuentra presente en el Bien Inmueble el ciudadano NOEL ORLANDO TORRES ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 1.577.446, domiciliado en San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, a quien se le notificó la misión del Tribunal, manifestó ser primo hermano de la ciudadana MARÍA ANASTACIA CARDENAS DE SANTOS, y es la persona que permite el acceso de este Juzgado al Bien Inmueble objeto de su constitución. También se encuentra en el inmueble la ciudadana MARIA EDILIA JAIMES BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V- 5.655.819, Arquitecto, inscrita en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el Nro. 51.338, y en SOITAVE bajo el Nro. 718, domiciliada en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, en su carácter de PERITO designada por auto dictado por el Juzgado de la causa en fecha 18 de Enero de 2006 y, previa aceptación del cargo, fue debidamente juramentada ante el mismo el día 31.01.2006. El Tribunal se hace acompañar del Agente Policial OSNAYRO VEGA LEON, placa 2357, adscrito a la Región 51, Zona Oeste, Comando San Antonio, Policía del Estado Táchira. EL Tribunal deja expresa constancia que, conforme a lo dispuesto en el artículo 922 del Código de Procedimiento Civil, se encuentran presentes en este acto los ciudadanos: LUIS JHON BARON MUÑOZ y OSCAR OMAR BELTRAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.669.413 y V-9.135.254, domiciliados en el Barrio Buenos Aires Parte Baja, Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira y Llano de Jorge, Municipio Bolívar del Estado Táchira, respectivamente, a quienes se les impone el motivo de la constitución del Tribunal y al indicarles las disposiciones referidas a los testigos establecidas en la ley manifestaron no tener impedimento alguno para servir como testigo en el presente acto. En este estado solicita el derecho de palabra el Abogado ADOLFO ANTONIO PAOLINI PISANI, ya identificado, quien en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARIA ANASTACIA CARDENAS DE SANTOS, expone: “Solcito al Tribunal practique el inventario del resto de los Bienes Inmuebles que conforman el acervo hereditario dejados por el causante ABEL ORESTES MACARIO SANTOS STELLA, siendo en este caso específico el lote de terreno sobre el cual nos encontramos constituidos y cuyos linderos y medidas son los siguientes: ESTE: Partiendo del mojón Nro. 1 que se encuentra en la garita de vigilancia de Inversora Albasan C.A., colindando con malla de la misma, se medirán Seiscientos Cincuenta y Ocho Metros (658 Mts.) en línea recta a la callejuela de Aranda, donde de encuentra un mojón marcado con el Nro.2; NORTE: Partiendo del mojón Nro.2, se medirá Ciento Sesenta Metros (160 Mts.) por una cerca de alambres de púas, que colinda con los terrenos que fueron de la sucesión Guerrero, hasta otro mojón marcado con el Nro.3, que se encuentra en el curso de la Quebrada Seca; OESTE: Partiendo del Mojón Nro. 3 que se encuentra en el curso de la Quebrada Seca, se medirán Mil Doscientos Veintiún Metros con Sesenta Centímetros (1221,60 Mts.) hasta un mojón marcado con el Nro.4 que separa de terrenos de la Hacienda Trinidad, propiedad de Dr. Abel Santos Stella; SUR: Partiendo del Mojón 4, que se encuentra en la margen izquierda de la Quebrada Seca, por una cerca de alambre de púas, se medirán Doscientos Treinta y Cuatro Metros con Sesenta Centímetros (234,60 Mts.) hasta encontrar la Garita de Vigilancia de Inversora Albasan C.A., separando terrenos que son o fueron de Adualca, Caprenco, Asociación de Profesores, Hermanos Arismendi, Supermercado Cosmojaponés y Segurit de Venezuela. Este Inmueble fue adquirido dentro de la comunidad de gananciales matrimoniales, por documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Subalterno del Municipio Bolívar del Estado Táchira, bajo el Nro.16, Tomo Uno (I), Protocolo Primero, correspondiente al Tercer Trimestre de fecha 12 de Julio de 2002. Es todo”. Seguidamente este Juzgado solicita a la ciudadana perito designada y juramentada por ante el Tribunal de la causa, se sirva rendir el informe de inventario correspondiente al Bien Inmueble señalado por el Apoderado Judicial de la Solicitante, quien estando presente expone: “informo al Tribunal que debido a que el Bien Inmueble objeto del inventario se trata de una hacienda con un área de extensión considerable, es por lo que dada su complejidad y motivado a razones técnicas solicito al ciudadano Juez me conceda un lapso de Veinte (20) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, a los fines de consignar ante el mismo el informe correspondiente contentivo del inventario solicitado. Es todo”. De seguidas, este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas supra-identificado, vista la solicitud formulada por la Arquitecto MARIA EDILIA JAIMES BLANCO, ya identificada, en su carácter de Perito, ACUERDA de conformidad dicho pedimento, en consecuencia lo concede a la misma el lapso de Veinte (20) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, para que consigne por ante la sede de este Juzgado el informe correspondiente en torno al Bien Inmueble donde se encuentra constituido y el cual es objeto del Inventario acordado por el Tribunal comitente, por lo que se ordena mantener la presente comisión en la sede de este Despacho hasta la entrega efectiva del referido informe. Es todo, se da por concluido el presente acto siendo las 4:20 p.m., y al no ser más el objeto de la constitución del Tribunal se ordena el regreso a su sede. Se terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABG. JOSE ANTONIO CACERES (Rfdo.)

EL APODERADO JUDICIAL DE LA SOLICITANTE (Rfdo.)

EL NOTIFICADO (Rfdo.)

LA PERITO (Rfdo.)

LOS TESTIGOS (Rfdo.)

EL AGENTE POLICIAL (Rfdo.)

EL SECRETARIO
ABG. JORGE ENRIQUE MEDINA RAMIREZ (Rfdo.)

JAC/jemr.
D Nro. 1.006-2006.-