En horas de despacho del día de hoy, Martes Veintitrés (23) de Mayo del año dos mil seis, a las 9:30 a.m., se trasladó el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR, INDEPENDENCIA LIBERTAD Y PEDRO MARIA UREÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, y se constituyó a las 10:20 a.m., en un Bien Inmueble ubicado en el Sector La Cedrala, Capacho, Municipio Independencia del Estado Táchira, Desarrollo Urbanístico del Páramo del Duende a los fines de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS, para llevar a la practica la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO decretada por el Juzgado de la causa en el juicio incoado por BANCO INDUSTRIAL DE VERNEZUELA C.A., contra las Sociedades Mercantiles GRUPO INMOBILIARIO MIDAS S.A. e INVERSIONES GUARIÑO S.A. y los ciudadanos CARMEN MARIA GUARIÑO MEJIAS y JULIO CESAR CARRERO PULIDO, por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), Expediente Nro.2510-2005. Está presente la ciudadana DOYRALI DE JESUS SARAVIA MELEAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.134.509, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 85.292, domiciliada en la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, aquí de tránsito, en su carácter de Apoderada Judicial del Banco Industrial de Venezuela C.A., Parte Demandante. Se encuentra presente en el Bien Inmueble el ciudadano ESTEBAN FAJARDO MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.905.457, domiciliado en el lugar de la constitución del Tribunal a quien se le notificó la misión del mismo en su condición de portero en el Desarrollo Urbanístico Páramo del Duende. De seguidas el Tribunal designa como PERITO AVALUADOR al ciudadano LUIS JHON BARON MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.669.413, domiciliado en el Barrio Buenos Aires Parte Baja, Rubio, Municipio Junìn, Estado Táchira, y como DEPOSITARIA JUDICIAL La Firma Personal La Seguridad, representada por el ciudadano JOSE DARIO ZAMBRANO CORZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.092.473, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, según poder conferido en fecha 03 de Noviembre de 2004, por ante la Notaría Publica Tercera de San Cristóbal, Estado Táchira, anotado bajo el Nro. 35, Tomo 135, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Oficina Pública, quienes estando presentes aceptan el cargo y juran cumplir bien y fielmente con los deberes a ellos inherentes. En este Estado, solicita el derecho de palabra la Apoderada Judicial de la Parte Demandante, ya identificada y cedida que le fue expone: “Señalo al Tribunal para que sean Embargadas Ejecutivamente en este acto cuarenta y cuatro (44) parcelas de terreno, de las cuales treinta (30) de ellas están ubicadas en el Sector “B” y las restantes catorce (14) parcelas en el sector “A” del Desarrollo Urbanístico Páramo del Duende, Sector La Cedrala, Municipio Independencia del Estado Táchira, y que a continuación paso a identificar cada una de ellas por sus números, linderos y medidas: SECTOR “A”: 1) PARCELA Nro.12: Con un área de Tres Mil Doscientos Cuatro Metros Cuadrados (3.204,00 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con la parcela Nro.12A, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 54,19 metros; SUR: Con la Parcela Nro. 11, propiedad de Nancy Méndez, definido por una línea recta de 52,61 metros; ESTE: Con vía de acceso signada con la Nro1, definido por una línea recta de 60,00 metros; OESTE: En parte con la parcela Nro20, propiedad Gimsa, en línea recta de 10,00 metros y en parte con la parcela Nro19, propiedad de Gimsa, en línea recta de 50,00 metros; propiedad de Gimsa, según consta de documento ya identificado. Para dar cumplimiento al Literal “D” del Art. 2 de la vigente Ley de Ventas de Parcelas, el porcentaje atribuido a la parcela con relación al monto fijado para la totalidad del área destinada a la venta en de 0,902%. 2) PARCELA Nro.13: Con un área de Dos Mil Seiscientos Sesenta Metros Cuadrados (2.660,00 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con vía de acceso signada con la nomenclatura 1C, definido por una línea recta de 53,50 metros y una línea curva de 10,00 metros de radio; SUR: con la parcela Nro.12A, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 55,50 metros; ESTE: Con vía de acceso signada con el Nro1; definido por una línea recta de 26,00 metros y una línea curva de l0,00 metros de radio; OESTE: En parte con la parcela Nro18, propiedad de Gimsa, en línea recta de 22,00 metros y en parte con la parcela Nro17, propiedad de Gimsa, en línea recta de 43,30 metros; propiedad de Gimsa, según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado por la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,749%. 3) PARCELA Nro.14: Con un área de Dos Mil Quinientos Setenta y Nueve Metros (2.579,00 Mts2) comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con terrenos propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 42,00 metros; SUR: Con vía de acceso signada con la nomenclatura 1C, definido por una línea recta de 46,00 metros; ESTE: Con terrenos propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 72,00 metros; OESTE: con la parcela Nro15, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 62,70 metros; propiedad de Gimsa, según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas 0,726%. 4) PARCELA Nro.15: Con un área de Dos Mil Cuatrocientos Cincuenta y Siete Metros Cuadrados (2.457 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con terrenos propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 43,00 metros; SUR: Con vía de acceso signada con la nomenclatura 1C, definido por una línea recta de 43,00 metros; ESTE: Con la parcela Nro14, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 62,70 metros; OESTE: con la parcela Nro. 16, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 62,80 metros; propiedad de Gimsa, según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,682%. 5) PARCELA Nro.16: Con un área de Dos Mil Setecientos Veinticinco Metros Cuadrados (2.725,00 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con terrenos propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 23,40 metros; SUR: Con vía de acceso signada con la nomenclatura 1C, definido por una línea recta de 38,00 metros; ESTE: Con la parcela Nro.15, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 62,80 metros; OESTE: Con la parcela Nro 29, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 43,75 metros; y en parte con terrenos propiedad de Gimsa, en una línea recta de 39,90 metros; propiedad de Gimsa según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,767%. 6) PARCELA Nro.17: Con un área de Dos Mil Quinientos Treinta y Dos Metros Cuadrados (2.532 mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con vía de acceso signada con la nomenclatura 1C, definido por una línea recta de 10,00 metros; de radio y una línea recta de 48,00 metros; SUR: Con la parcela Nro18, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 50,00 metros; ESTE: Con parcela Nro13, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 43,30 metros; OESTE: Con vía de acceso signada con el Nro2, definido por una línea recta de 60,00 metros y una línea curva de 10,00 metros de radio; propiedad de Gimsa, según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,713%. 7) PARCELA Nro.18: Con un área de Dos Mil Quinientos Metros Cuadrados (2.500 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con la parcela Nro17, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 50,00 metros; SUR: Con la parcela Nro19, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 50,00 metros; ESTE: Con la parcela Nro12A, propiedad de Gimsa, en línea recta de 28,00 metros; y en parte con la parcela Nro13; propiedad de Gimsa, en línea recta de 22,00 metros; OESTE: Con vía de acceso signada con el Nro2, definido por una línea recta de 50,00 metros, propiedad de Gimsa, signada con el Nro 2, Según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,704%. 8) PARCELA Nro.19: Con un área de Tres Mil Cien Metros Cuadrados (3.100,00 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con la parcela Nro18 propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 50,00 metros; SUR: Con la Parcela Nro.20, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 50,00 metros; ESTE: En parte con la parcela Nro. 12, propiedad de Gimsa, en línea recta de 50, 00 metros; y en parte con la parcela Nro. 12A; propiedad de Gimsa, en línea recta de 12,00 metros; OESTE: Con vía de acceso signada con el Nro2, definido por una línea recta de 62,00 metros, propiedad de Gimsa, Según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,873 %. 9) PARCELA Nro.20: Con un área de Dos Mil Doscientos Cincuenta Metros Cuadrados (2.250,00 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con la parcela Nro19, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 50,00 metros; SUR: Con la Parcela Nro.20A, propiedad de Reina M. Alcalde, definido por una línea recta de 50,00 metros; ESTE: En parte con la parcela Nro. 11, propiedad de Nancy Méndez, y en parte con la parcela Nro. 12; propiedad de Gimsa, en línea recta de 45,00 metros; OESTE: Con vía de acceso signada con el Nro2, definido por una línea recta de 55,00 metros, propiedad de Gimsa, Según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,624 %. 10) PARCELA Nro.26 A: Con un área de Tres Mil Doscientos Cincuenta Metros Cuadrados (3.250,00 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con la parcela Nro.27, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 50,00 metros; SUR: Con la Parcela Nro.26, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 50,00 metros; ESTE: Con vía de acceso signada con el Nro2, definido por una línea recta de 65,00 metros; OESTE: En parte con la parcela Nro. 32, propiedad de Gimsa, en línea recta de 39,00 metros, y en parte con la parcela Nro. 31, propiedad de Gimsa, en línea recta de 26,00 metros propiedad de Gimsa, según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,915 %. 11) PARCELA Nro. 42: Con un área de Dos Mil Setecientos Treinta y Siete Metros Cuadrados (2.737,00 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con la parcela Nro43, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 51,00 metros; SUR: Con la Parcela Nro.41, propiedad de Jesualdo Barboza, definido por una línea recta de 50,00 metros; ESTE: Con vía de acceso signada con el Nro. 3, definido por una línea recta de 49,50 metros; OESTE: Con la parcela Nro. 48, propiedad de Luis Alfredo Mazzei Guevara, definido por una línea recta de 60,00 metros, propiedad de Gimsa, según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,771 %. 12) PARCELA Nro. 43: Con un área de Tres Mil Doscientos Cincuenta Metros Cuadrados (3.250,00 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con la parcela Nro. 44, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 50,00 metros; SUR: Con la Parcela Nro. 42, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 51,00 metros; ESTE: Con vía de acceso signada con el Nro. 3, definido por una línea recta de 70,50 metros; OESTE: Con la parcela Nro. 47, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 60,00 metros, propiedad de Gimsa, según documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,915 %. 13) PARCELA Nro. 66: Con un área de Tres Mil Cuatrocientos Sesenta y Un Metros Cuadrados (3.461,00 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con la parcela Nro. 67, propiedad de Alirio Galípolli, definido por una línea recta de 49,50 metros; SUR: En parte con la parcela Nro. 65, propiedad de Gimsa, en línea recta de 50,00 metros; y en parte con la parcela Nro. 70, propiedad de Gimsa, en línea recta de 33,80 metros; ESTE: Con vía de acceso signada con el Nro. 4, definido por una línea recta de 48,70 metros, propiedad de Gimsa; OESTE: Con terrenos que son o fueron propiedad de Gimsa, definido por una línea quebrada de 55,00 metros, según consta de documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 0,975 %. 14) PARCELA Nro. 70: Con un área de Tres Mil Setecientos Veintiocho Metros Cuadrados (3.728,00 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: En parte con terrenos que son o fueron propiedad de Gimsa, en línea quebrada de 28,50 metros, y en parte con parcela Nro. 66, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 33,80 metros; SUR: Con la Parcela Nro.71, propiedad de Lesbia Maluenga de Navas, definido por una línea recta de 54,00 metros; ESTE: Con la parcela Nro. 65, propiedad de Gimsa, definido por una línea recta de 60,00 metros, propiedad de Gimsa; OESTE: En parte con vía de acceso, en línea recta de 8,00 metros, con retorno de vía de acceso signada con el Nro. 5, en línea curva de 23,80 metros, y parte con la parcela Nro. 85, propiedad de Gimsa, en línea recta de 43,75 metros; según consta de documento ya identificado. El porcentaje atribuido a dicha parcela según lo ordenado en la Ley de Ventas de Parcelas es de 1,050 %; SECTOR “B”: 15) PARCELA Nro. 19: con un área de dos mil quinientos cincuenta metros cuadrados (2.550,00 Mts2.), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la parcela Nro.18, propiedad de GIMSA, definido por un línea recta de 50,60 metros; SUR: con camino de 2,50 metros de ancho que separa de la zona de Bosque, signada con la nomenclatura B-3, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 51,50 metros; ESTE: con terrenos que son o fueron del Banco De Occidente, definido por una línea recta de 50,00 metros; OESTE: con terrenos de GIMSA, destinado para estacionamiento, signado con la nomenclatura E, definido por una línea recta de 50,00 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 16) PARCELA Nro. 29: con un área de dos mil metros cuadrados (2.000 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la parcela Nro. 30, propiedad de GIMSA, definido por una línea de 50,00 metros; SUR: en parte con terreno de GIMSA, destinado para zona de caballeriza, signado con la nomenclatura Z.C y en partes con terrenos de GIMSA, destinado para estacionamiento, signado con la nomenclatura E, definido por una línea recta de 50,00 metros; ESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 2N, definido por una línea recta de 40,00 metros; OESTE: en la parte con la parcela Nro. 44 propiedad de GIMSA y en parte con la parcela Nro. 42, propiedad de GIMSA definido por una línea recta de 40,00 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 17) PARCELA Nro.47: con un área de tres mil noventa y siete metros cuadrados (3.097 Mts2) comprendida dentro de los siguientes medida y linderos: NORTE: en parte con terrenos de GIMSA, destinado para zona de caballerizas, signado con la nomenclatura Z.C., y en parte con terreno de GIMSA, destinado para estacionamiento, signado con la nomenclatura E, definido por una línea recta de 52,65 metros; SUR: con la parcela Nro. 48, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 48,50 metros; ESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 4N, definido con una línea recta de 40,00 metros y en línea curva de 5,00 metros; OESTE: en parte con vía de acceso signada con la nomenclatura 4NA, definido por una línea quebrada de 56,40 metros y en parte con la parcela Nro. 46, definida por una línea recta de l6,00 metros; 18) PARCELA Nro. 48: con un área de dos mil trescientos cuarenta y tres metros cuadrados (2.343 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la parcela Nro. 47, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 48,50 metros; SUR: con vía de acceso signada con la nomenclatura 4NA, definido por una línea recta de 34,70 metros; ESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 4N, definido por una línea recta de 50,00 metros y una línea curva de 5,00 metros; OESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 4NA, definido por una línea recta de 44,00 metros y una línea curva de 6,00 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado. 19) PARCELA Nro. 49: con un área de dos mil seiscientos setenta y siete metros cuadrados (2.677,00 Mst2) comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 4NA, definido por una línea recta de 29,00 metros y una línea curva de 5,00 metros; SUR: con la parcela Nro. 50, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 64,50 mst; ESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 4N, definido por una línea recta de 53,00 metros; OESTE: con la parcela Nro. 59, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 56,00 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 20) PARCELA Nro.50: con un área de dos mil novecientos cincuenta y dos metros cuadrados (2.952 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la parcela Nro.49 propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 64,50 metros; SUR: en parte con la parcela Nro.52, propiedad de GIMSA, en parte con vía de acceso signada con la nomenclatura 4NB, y en parte con la parcela Nro.51, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 84,30 metros; ESTE: con la vía de acceso signada con la nomenclatura 4N, definido por una línea recta de 43,00 metros; OESTE: en parte con la parcela Nro. 58 propiedad de GIMSA y en parte con la parcela Nro.59, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 41,00 metros; propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 21) PARCELA Nro.59: con un área de dos mil seiscientos cuarenta y tres metros cuadrados (2.643 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: en parte con la parcela Nro.60, propiedad de GIMSA, en línea recta de 45,00 metros y en parte con la vía de acceso signada con la nomenclatura 4NA, en línea recta de 18,00 metros; SUR: con la parcela Nro.58, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 50,00 metros; ESTE: en parte con la parcela Nro.49, propiedad de GIMSA, y en parte con la parcela Nro.50, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 67 metros, OESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 5N, definido por un línea recta de 37,50 metros; propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 22) PARCELA Nro. 74: con un área de dos mil cien metros cuadrados (2.100 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la parcela Nro.73, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 47,10 metros; SUR: con la parcela Nro.75, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 49,00 metros; ESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 6N, definido por una línea recta de 43,80 metros; OESTE: con la parcela Nro.77, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 45,20 metros, propiedad de GIMSA, según documento ya identificado; 23) PARCELA Nro.75: con un área de dos mil ciento treinta y ocho metros cuadrados (2.138 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: en parte con la parcela Nro.74 propiedad de GIMSA y en parte vía de acceso signada con la nomenclatura 6N, definido por una línea recta de 55,60 metros; SUR: con franja de 1,00 metro de ancho, propiedad de GIMSA y que separa el terreno de Jorge Semidei, definido por una línea recta de 58,20 metros; ESTE: con la parcela Nro.67, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 40,00 metros, OESTE: con la parcela Nro.76, propiedad de GIMSA definido por una línea recta de 37,60 metros; propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 24) PARCELA Nro.81A: con un área de dos mil ciento ochenta y cinco metros cuadrados (2.185 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con terreno de GIMSA, destinado para zona de caballeriza, signado con la nomenclatura Z.C., definido por una línea recta de 60,00 metros; SUR: con vía de acceso signada con la nomenclatura 4E, definido por una línea quebrada de 52,00 metros; ESTE: con camino de 2,50 metros de ancho que separa la zona de bosque signada con la nomenclatura B-2, definido por una línea recta de 34,00 metros; OESTE: con la parcela Nro.81, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 48,60 metros; propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 25) PARCELA Nro.88: con un área de dos mil cuarenta metros cuadrados (2.040 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la parcela Nro.89, propiedad de GIMSA, definida por una línea recta de 52,00 mts; SUR: con vía de acceso signada con la nomenclatura 5E, definido por una línea recta de 52,00 metros; ESTE: con la parcela Nro.84, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 42,00 metros; OESTE: con la parcela Nro.93, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 42,00 metros, propiedad de GIMSA, según documento ya identificado; 26) PARCELA Nro.89: con un área de dos mil cuarenta metros cuadrados (2.040 mts2) comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la vía de acceso signada con la nomenclatura 4E, definido por una línea recta de 52,00 metros; SUR: con la parcela Nro. 88, propiedad de GIMSA, definida por una línea recta de 52,00 metros, ESTE: con la parcela Nro.83, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 42,00 metros; OESTE: con la parcela Nro.92, propiedad de GIMSA definido en una línea recta de 42,00 metros, propiedad de GIMSA, según documento ya identificado; 27) PARCELA Nro. 92: con un área de dos mil ciento veinte metros cuadrados (2.120 Mst2) comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 4E, definido por una línea recta de 50,00 metros y una línea curva de 5,00 metros; SUR: con la parcela Nro. 93, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 52,00 metros; ESTE: con la parcela Nro. 89 propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 42,00 metros; OESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 8N, definida por una línea recta de 37,00 metros, propiedad de GIMSA, según documento ya identificado; 28) PARCELA Nro.95: con un área de dos mil ciento ochenta y cuatro metros cuadrados (2.184 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 5E, definida por una línea recta de 40,00 metros; SUR: con franja de 1,00 metro de ancho, propiedad de GIMSA y que separa el terreno de Jorge Semidey, definido por una línea quebrada de 40,00 metros; ESTE: con la parcela Nro.94, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 51,00 metros; OESTE: con la parcela Nro.96, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 61,70 metros propiedad de GIMSA, según documento ya identificado; 29) PARCELA Nro.96: con un área de dos mil ochocientos ochenta y seis metros cuadrados (2.886 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 5E, definido por una línea recta de 50,00 metros; SUR: con franja de 1,00 metro de ancho, propiedad de GIMSA y que separa del terreno de Jorge Semidey, definido por una línea recta de 40,00 metros; ESTE: con la parcela Nro.95, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 61,70 metros; OESTE: con la parcela Nro.97, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 67,65 metros; propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 30) PARCELA Nro.116: con un área de dos mil novecientos cuarenta y seis metros cuadrados (2.946 mst2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con carnicería de 2,50 metros de ancho que separa de Bosque, definido por una línea recta de 36,00 metros; SUR: con vía de acceso signada con la nomenclatura 2E, definido por una línea recta de 35,00 metros; ESTE: con la parcela Nro.115; propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 84,80 metros; OESTE: con la parcela Nro. 123, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 85,00 metros, propiedad de GIMSA, según documento ya identificado; 31) PARCELA Nro.123: con un área de dos mil novecientos nueve metros cuadrados (2.909,00 mst2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con carnicería de 2,50 metros de ancho que separa de bosque, definido por una línea recta de 36,00 metros; SUR: con vía de acceso signada con la nomenclatura 2E, definido por una línea recta de 35,00 metros; ESTE: con la parcela Nro.116, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 85,00 metros; OESTE: con la parcela Nro.124, propiedad de GIMSA definido por una línea recta de 83,00 metros, propiedades de GIMSA según documento ya identificado; 32) PARCELA Nro. 139: con un área de dos mil noventa y un metros cuadrados (2.091 Mts2), comprendida dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: con la parcela Nro.140, propiedad de GIMSA, definida por una línea recta de 50,00 metros; SUR: con vía de acceso denominada Sendero La Cedrala, definido por una línea recta de 50,00 metros y una línea curva de 6,00 metros; ESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 11N, definido por una línea recta de 36,00 metros; OESTE: con parcela Nro148, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 42,00 metros propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 33) PARCELA Nro.140: con un área de dos mil metros cuadrados (2.000,00 mts2) comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la parcela Nro.141, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 50,00 metros; SUR: con la parcela Nro139, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 50,00 metros; ESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 11N, definido por una línea recta de 40,00 metros; OESTE: con parcela Nro147, propiedad de GIMSA, definido por una recta de 40,00 metros, propiedad de GIMSA, según documento ya identificado; 34) PARCELA Nro.141: con un área de dos mil ciento cuatro metros cuadrados (2.104 mts2), comprendida dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: con la parcela Nro.142, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 45,00 metros; SUR: con la parcela Nro.140, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 50,00 metros; ESTE: en parte con retorno vía de acceso signada con la nomenclatura 11N, y en parte con la parcela 134, propiedad de GIMSA, definido por una línea quebrada de 60,45 metros; OESTE: con la parcela Nro.146, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 43,00 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 35) PARCELA Nro.149: con un área de dos mil metros cuadrados (2.000,00 mts2) comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con vía de acceso denominada Sendero La Cedrala definido por una línea recta de 40,00 metros, SUR: con franja de 1,00 metro de ancho propiedad de GIMSA y que separa del terreno de Antonio Sayago, definido por una línea quebrada de 41,00 metros; ESTE: con la parcela Nro.138, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 49,20 metros; OESTE: con la parcela Nro.150, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 50,90 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 36) PARCELA Nro.150: con un área de dos mil ciento cinco metros cuadrados (2.105 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con vías de acceso denominadas Sendero La Cedrala y 3E, definido por una línea recta de 40,00 metros; SUR: con franja de un metros de ancho, propiedad de GIMSA y que separa del terreno de Antonio Sayago, definido por una línea recta de 39,00 metros; ESTE: con la parcela Nro.149, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 50,90 metros; OESTE: con la parcela Nro.151, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 57,60 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 37) PARCELA Nro.151: con un área de dos mil seiscientos metros cuadrados (2.600 mts2) comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 3E, definido por una línea recta de 36,00 metros y una línea curva de 4,00 metros; SUR: con una franja de 1,00 metro de ancho, propiedad de GIMSA y que separa del terreno de Antonio Sayago, definido por una línea quebrada de 40,00 metros; ESTE: con la parcela Nro150, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 57,60 metros; OESTE: con la parcela Nro.152, propiedad de GIMSA definido por una línea recta de 68,00 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 38) PARCELA Nro.152: con un área de dos mil doscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados (2.244 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 3E, definido por una línea recta de 43 metros; SUR: con franja de l,00 metro de ancho, propiedad de GIMSA y que separa del terreno de Antonio Sayago, definido por una línea quebrada de 40,00 metros; ESTE: con la parcela Nro.151, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 68,00 metros; OESTE: con la parcela 152A definido por una línea recta de 49,00 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 39) PARCELA 152A: con un área de tres mil trece metros cuadrados (3.0l3 Mst2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con terrenos propiedad de GIMSA, signado con la nomenclatura G3 definido por una línea recta de 40,00 metros; SUR: con franja de 1,00 metro de ancho, propiedad de GIMSA y que separa del terreno de Antonio Sayago, definido por una línea quebrada de 40,00 metros; ESTE: en parte con terrenos propiedad de GIMSA, signado con la nomenclatura G3 y parte con vía de acceso signada con la nomenclatura 3E, y una parte con la parcela Nro152, propiedad de GIMSA definido por una línea recta de 71,80 metros; OESTE: con la parcela Nro. 152B propiedad de GIMSA definido por una línea recta de 77,20 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 40) PARCELA Nro.152B: con un área de tres mil doscientos cincuenta y tres metros cuadrados (3.253 Mts2) comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con terrenos propiedad de GIMSA signado con la nomenclatura G3, definido por una línea recta de 38 metros; SUR: con franja de 1,00 metro de ancho, propiedad de GIMSA y que separa del terreno de Antonio Sayago, definido por una línea recta de 47,00 metros; ESTE: con la parcela Nro.152A propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 77,20 metros; OESTE: con terrenos propiedad de GIMSA definido por una línea recta de 79,00 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 41) PARCELA Nro.154: con un área de dos mil setenta y un metros cuadrados (2.071,00 Mts2) comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con parcela Nro155, propiedad de GIMSA definido por una línea recta de 40,00 metros; SUR: con vía de acceso signada con la nomenclatura 3E, definido por una línea recta de 34,00 metros y una línea curva de 6,00 metros; ESTE: con vía de acceso denominada Sendero La Cedrala, definido por una línea recta de 46,00 metros; OESTE: con la parcela Nro153, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 52,00 metros; propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 42) PARCELA Nro.155: con un área de tres mil cuarenta y cuatro metros cuadrados (3.044 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la parcela Nro156, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 65,00 metros; SUR: en parte con la parcela Nro153 propiedad de GIMSA, y en parte con la parcela Nro154, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 89,00 metros; ESTE: con vía de acceso denominada Sendero La Cedrala, definido por una línea recta de 40,00 metros; OESTE: con vía de acceso denominada Sendero La Cedrala, definido por una línea quebrada de 45,00 metros propiedad de GIMSA según documento ya identificado, 43) PARCELA Nro. 158: con un área de tres mil cuatrocientos sesenta metros cuadrados (3.460 mts2), comprendida dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: con parcela Nro159, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 93,00 metros; SUR: en parte con la parcela Nro160 propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 50,00 metros y en parte con la parcela Nro157, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 70,00 metros; ESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 12N, definido por una línea recta de 35,00 metros; OESTE: con terrenos propiedad de GIMSA, signados con la nomenclatura G4; definido por una línea recta de 48,50 metros propiedad de GIMSA según documento ya identificado; 44) PARCELA Nro. 159: con un área de tres mil cien metros cuadrados (3.100 mts 2) comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con terrenos propiedad de GIMSA, signado con la nomenclatura G4, definido por una línea recta de 79,00 metros; SUR: con parcela Nro158, propiedad de GIMSA, definido por una línea recta de 93,00 metros; ESTE: con vía de acceso signada con la nomenclatura 12N, definido por una línea recta de 30,40 metros; OESTE: terrenos propiedad de GIMSA signados con la nomenclatura G4, definido por una línea recta de 48,50 metros, propiedad de GIMSA según documento ya identificado. Dichas Parcelas ya identificadas son propiedad de la Sociedad Mercantil GRUPO INMOBILIARIO MIDAS S.A. (GIMSA) según consta de documento de venta protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Capacho, en fecha 11 de Noviembre de 1994, bajo el Nro. 48, Tomo 3, Protocolo Primero, Cuarto Trimestre y documento aclaratorios protocolizados por ante la misma Oficina de Registro, en fecha 11 de Noviembre de 1994, bajo el Nro. 49 y 50, los dos del Tomo 3, Protocolo Primero, Cuarto Trimestre y en fecha 28 de Agosto de 1996, bajo el Nro.08, Tomo 08, Protocolo Primero; y el cual fue destinado a la enajenación por parcelas y por oferta pública según consta en el documento de parcelamiento registrado en el Registro Público de los Municipios Libertad e Independencia del Estado Táchira, en fecha 10 de Diciembre de 1997, bajo el Nro. 41, Tomo 6, Protocolo Primero, Cuarto Trimestre y se encuentra dividido en dos sectores denominados Sector “A” y Sector “B”. Consigno al Tribunal a los fines que sean agregados a la presente comisión, en copias simples, constante de treinta y cuatro (34) folios útiles, documentos de constitución de hipoteca a favor de mi representada, sobre las parcelas indicadas y dos (02) planos de levantamiento topográficos en copia simple, del Desarrollo Urbanístico Páramo del Duende, Sectores “A” y “B”. Es todo”. Seguidamente este Juzgado, acuerda agregar a los autos las copias simples indicadas por la Apoderada Ejecutante, a los fines que las mismas formen parte integrante de la presente comisión; y así mismo, solicita al perito designado y juramentado rendir el informe correspondiente en torno a los Bienes Inmuebles señalados por la Apoderada Actora, quien estando presente lo hace en los siguientes términos: “Se procedió a realizar el peritaje de las 44 parcelas ubicadas dentro del Desarrollo Urbanístico Páramo del Duende, Sector La Cedrala de Capacho, Municipio Independencia del Estado Táchira. El parcelamiento está dividido en dos sectores: El Sector “A” con 14 parcelas y El Sector “B” con 30 parcelas, cuyos linderos y medidas de cada una de ellas fueron recorridos y verificados por mi y son los mismos ya indicados por la Abogada actuante en su exposición. Fuimos recibidos y orientados por quien estaba en la portería en ese momento, el Señor Esteban Fajardo Mora, con cédula de identidad Nº V- 13.905.457. Las parcelas del sector “A” tienen la siguiente numeración: 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 26A, 42, 43, 66, 70. Todas con distintas mediciones para un total de 40.433 metros cuadrados. Las parcelas del sector B tienen la siguiente numeración: 19, 29, 123, 116, 81A, 89, 139, 180, 141, 149, 150, 151, 152, 152A, 152B, 154, 155, 158, 159, 92, 95, 96, 88, 74, 75, 49, 50, 47, 48, 59. Todas con distintas mediciones para un total de 72.895 metros cuadrados. Recorrido: Parcelamiento del Sector “A”: Las Parcelas se encuentran en el siguiente estado: La vía de acceso 2 a las parcelas 17, 18, 19, 20 y 26A se encuentra sin asfaltar y tiene aproximadamente 7mtrs. de ancho; es amplia y despejada. Igualmente ocurre hacia la vía de acceso 1C a las parcelas 12, 13, 14, 15, 16. El Terreno es irregular pero transitable. Las parcelas, algunas de ellas, se encuentran separadas con estantillos y cercas vivientes y con alambre púa. Posee servicio de alumbrado eléctrico, y en algunos tramos de la vía tiene canalización de aguas pluviales. La vía de acceso 3 a las parcelas 42 y 43 es una pendiente de difícil transito, por ser de piedra suelta y ligeramente inclinada. Posee servicio de alumbrado eléctrico. La vía de acceso 4 a la parcela 66 es amplia, despejada, con engramado. Tiene aproximadamente 7 metros de ancho. La parcela está ligeramente limpia o despejada. Posee servicio de alumbrado eléctrico, tiene buen acceso pero con irregularidades. La vía de acceso 5 a la parcela 70, es una pendiente irregular, ligeramente inclinada. Esta ubicada al fondo de la vía de acceso Nº 5, tiene filtraciones de agua por lo que se forman charcos o pequeños pozos. El Último poste del servicio de alumbrado se encuentra aproximadamente a 15 mtrs. de la parcela. La vía Principal a las parcelas 66 y 70 es una regresiva y esta, considerablemente, en buen estado. Observaciones generales: Todas las parcelas se encuentran enmontadas, salvando a la 66. Las vías principales a las parcelas son amplias y tienen un engramado parcial. Cabe destacar que los terrenos de las parcelas son irregulares, pero aun así, hábiles para la construcción. PARCELAMIENTO DEL SECTOR. B: Las Parcelas se encuentran en el siguiente estado: La vía de acceso 1N a las parcela 19 es irregular, es de piedra suelta y un engramado parcial, es amplia. Posee servicio de alumbrado eléctrico. El penúltimo poste de la vía tiene un transformador. La parcela se encuentra enmontada. La vía de acceso 2N a la parcela 29 esta despejada, con engramado y trayectos con filtraciones de agua, Posee así mismo algunas canalizaciones de aguas pluviales. Tiene alumbrado y servicio eléctrico y el último poste de luz se encuentra aproximadamente a 20 mtrs. de la parcela. La vía de acceso 2E a las parcelas 123, 116, es irregular, de difícil acceso, por lo pendiente de la vía. No hay cableado de servicio eléctrico. Esta enmontada. La vía de acceso 11N a las parcelas 139, 140, 141, es irregular, tienen alumbrado eléctrico, están enmontadas. Al frente de las parcelas hay unas casas que respetan la vía de acceso, que es amplia y en buen estado. La vía de acceso 3E y Sendero la Cedrala a las parcelas 149, 150, 151, 152, 152A, 154, 155, 152b, es irregular pero transitable, es amplia, despejada, tiene alumbrado eléctrico, están enmontadas. Las parcelas 158, 159. La vía de acceso 12N es una pendiente irregular, con engramado, es amplia, no tiene alumbrado eléctrico. El último poste de luz está aproximadamente a 50 mtrs de distancia de la parcela. Están enmontadas. Las vía de acceso 8N a las parcelas 92, y 5E a las parcelas 95, 96 y 88, es irregular y amplia, tiene alumbrado eléctrico. Están enmontadas. Las vía de acceso 6N a las parcelas 74, 75, es irregular, amplia, y despejada. Tiene alumbrado eléctrico. Están enmontadas. Las parcelas 49, 50, 47, 48, y 59, están enmontadas, la vía de acceso 4N y 4NA es irregular, con una ligera pendiente de engramado. Tiene aproximadamente 5 mtrs. de ancho. Igualmente las parcelas no poseen cableado de alumbrado eléctrico. No está muy despejada. La parcela 81A, 89, el acceso 4E es irregular, están enmontadas las parcelas, tienen alumbrado eléctrico, la vía es amplia y despejada. Observaciones generales: En general, las parcelas no tienen una enmarcación visible de sus linderos por lo que se hace difícil su localización visual. Las vías de acceso a estas parcelas es una regresiva con trayectos de gravilla y con pendientes leves. A los fines de hacer la estimación del valor de las parcelas fui informado que para el año 2005, según datos ofrecidos por el Señor Fajardo Mora con cedula de identidad 13. 905.457, quien es el portero en el momento de la inspección, el costo de cada parcela estaba por los 30 millones de Bolívares, siendo el valor por Metro Cuadrado de cada parcela a 15.000 Bolívares: En consecuencia por tratarse de una serie de parcelas de terreno propio aptas para la construcción de viviendas, que forman parte de un Desarrollo Urbanístico cerrado y tener cada parcela acceso a la vía pública, se valora prudencialmente cada metro cuadrado en la cantidad de Nueve Mil Bolívares (Bs.9.000,oo), por lo que del calculo general de los terrenos, siendo estos un total de 113.328 metros cuadrados, al valor ya indicado por metro cuadrado, viene a dar un valor total de todas las parcelas de: Un Mil Diecinueve Millones Novecientos Cincuenta y Dos Mil Bolívares (Bs. 1.019.952.000,oo). Sin más a que hacer referencia, doy por terminado el peritaje. Es todo”. De seguidas, visto el informe efectuado por el perito en este acto y habiéndose efectuado el recorrido, junto con los auxiliares de justicia y la Apoderada Actora por todas y cada una de las parcelas señaladas por la Parte Ejecutante y habiendo el Tribunal verificado el estado real tanto de las vías de acceso a las mismas, instalaciones eléctricas y demás servicios, este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas supra-identificado, de conformidad al decreto emanado del Tribunal de la causa y a solicitud de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, DECLARA LEGALMENTE EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE los Bienes Inmuebles, constituidos por las Cuarenta y Cuatro (44) parcelas de terreno propio ubicadas en el Desarrollo Urbanístico Páramo del Duende, Sector La Cedrala, Capacho, Municipio Independencia del Estado Táchira, suficientemente identificadas en la presente acta por sus linderos, medidas y demás circunstancias que las determinan distintamente, y se dan aquí por reproducidas, y SE DECLARA consumada la desposesión jurídica de los mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, haciendo entrega de las parcelas, ya indicadas, al ciudadano JOSE DARIO ZAMBRANO CORZO, ya identificado, en su carácter de representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, quien estando presente los recibe conforme en las condiciones expresadas por el perito en la presente acta. Es todo, se da por concluido el presente acto siendo las 3:30 p.m., y al no ser más el objeto de la constitución del Tribunal se ordena el regreso a su sede. Se terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABG. JOSE ANTONIO CACERES (Rfdo.)

LA APODERADA ACTORA (Rfdo.)

EL PERITO (Rfdo.)

EL DEPOSITARIO JUDICIAL (Rfdo.)

EL SECRETARIO
ABG. JORGE ENRIQUE MEDINA RAMIREZ (Rfdo.)

JAC/jemr.
D. Nro.998-2006.-