REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, veintidós (22) de mayo de dos mil seis.
196º y 147º

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO por Obligación Alimentaria, realizado ante este Despacho en fecha 16/05/2006, por los ciudadanos QUINTERO DURAN JOHANA LISBETH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.549.340 y MURILLO DIEGO ALEXANDER, colombiano, titular de la cédula Nº E-82.083.602; con el carácter de padres de la niña YENIRE ALEXANDRA; por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ
LA SECRETARIA

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado, se publicó siendo las ___________. del día 22 de Mayo de dos mil seis, quedando registrada bajo el Nº ______ .

Abg. Maurima Molina / Secretaria

Exp. Nº 1311/2006
BYVM/lcm.