JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

196° y 147°

Visto el contenido del acta suscrita ante el Juzgado Cuarto de Parroquia de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 08 de abril de 1999, donde el ciudadano LUIS HERNANDO GARZON OVALLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.965.399 y de este domicilio, en su carácter de parte demandada, asistido por el abogado GERARDO ABEL RODRÍGUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 66.985 por una parte y por la otra, el ciudadano GONZALO BELLO GAUTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.817.887 y de este domicilio, parte demandada, asistido por el abogado UGLIS ANTONIO SALAVERRIA CASTILLO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 28.032 en la que manifiestan su intención de COVENIR en la demanda; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese y dejase copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.


Abg. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal


MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria