REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
196° y 147º
SENTENCIA N° .
EXPEDIENTE N° 5830
MOTIVO: Inserción de Partida de Nacimiento.
SOLICITANTE: Belkys Magaly Zambrano de Rosales, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s V-11.507.638, de este domicilio, debidamente asistida por la Defensora Pública de Protección Gracia Vargas.
BENEFICIARIO: Niño DAVID ALFREDO CARDENAS
En fecha 12 de Enero de 2006, se recibió diligencia mediante el cual la ciudadana BELKYS MAGALY ZAMBRANO DE ROSALES, solicito la INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO en beneficio del niño DAVID ALFREDO CARDENAS. Anexó a su solicitud constancia de nacimiento expedida por el hospital Central de esta ciudad, constancia de no aparecer inserta Partida de nacimiento expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal y Registro Principal, correspondiendo el conocimiento del referido asunto a esta Juez Unipersonal N° 03 de conformidad con lo dispuesto en los artículos 177 parágrafo cuarto literal g) y 8 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente.
Ahora bien, en auto de fecha 22 de Febrero de 2006, se dio curso a la presente solicitud, acordándose dictar Sentencia en la presente causa.
Cumplido el procedimiento correspondiente, esta Juzgadora pasa a decidir, tomando en cuanta las siguientes consideraciones:
De la revisión de los autos se evidencia que la presente solicitud corresponde a una INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, por cuanto la ciudadana VICKY CARDENAS DIAZ dio a luz un niño en el Hospital Central, San Cristóbal del Estado Táchira.
De los documentos anexos a la solicitud, a los cuales se les da pleno valor probatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 1.359 del Código Civil, quedando demostrado que el niño DAVID ALFREDO CARDENAS, nació en El Hospital Central de esta ciudad del Estado Táchira, en fecha 23 de Enero de 1995, a las once y cincuenta minutos de la mañana (11:50 a.m.), y que efectivamente no se encuentra la Partida de Nacimiento en los Libros correspondientes.
Por lo anteriormente expuesto, esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO EN EL REGISTRO CIVIL DEL NIÑO DAVID ALFREDO CARDENAS, hijo de la ciudadana VICKY CARDENAS DIAZ, venezolana, mayor de edad, indocumentada, quien nació en El Hospital Central de San Cristóbal Estado Táchira, en fecha 23 de Enero de 1995, a las once y cincuenta minutos de la mañana (11:50 a.m.). En consecuencia, se ordena su inserción en los Libros de Registro Civil del Municipio San Cristóbal Estado Táchira, a donde de conformidad con lo con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión a los fines de que sea inscrito, utilizando el texto ordinario de Partida de Nacimiento establecido en el artículo 448 del Código Civil.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los doce días del mes de Mayo de dos mil seis, años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
Abg. HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
Abg. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana (10:45 a.m.) y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró oficio N° 1342.
El Secretario.-
Sentencia N°
Exp. N° 5830
crisna.-
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