REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 03.

San Cristóbal, 12 de Mayo de 2.006.-
196° y 147°
SENTENCIA N° _________.
MOTIVO: Autorización para Tramitar Pasaporte.
SOLICITANTE: YONEIRA COROMOTO CHOURIO GARCIA y ARCADIO LAGUADO MEJIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s V-14.529.608 y V-13.282.286, domiciliados ella en el Mirador, vía ráfagas, vereda cinco, casa Nº 03 Parroquia San Juan Bautista Municipio San Cristóbal Estado Táchira y él en la Blanca, sector 12 de Octubre, casa Nº 33, Parroquia Pulido Méndez del Municipio Alberto Adriani Estado Mérida, en beneficio de su hijo YONH ANDERSON LAGUADO CHOURIO, identificado con Partida de Nacimiento N° 309, de fecha 13 de Octubre de 1.997, expedida por la Prefectura de la Parroquia Pulido Méndez del Municipio Alberto Adriani Estado Mérida.
Recibido por distribución de fecha 02 de Marzo del 2.006, solicitud de AUTORIZACIÓN PARA TRAMITAR PASAPORTE, y VIAJE, constante de seis (06) folios útiles, formulada por los ciudadanos YONEIRA COROMOTO CHOURIO GARCIA y ARCADIO LAGUADO MEJIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s V-14.529.608 y V-13.282.286, domiciliados ella en el Mirador, vía ráfagas, vereda cinco, casa Nº 03 Parroquia San Juan Bautista Municipio San Cristóbal Estado Táchira y él en la Blanca, sector 12 de Octubre, casa Nº 33, Parroquia Pulido Méndez del Municipio Alberto Adriani Estado Mérida, en beneficio de su hijo YONH ANDERSON LAGUADO CHOURIO, identificado con Partida de Nacimiento N° 309, de fecha 13 de Octubre de 1.997, expedida por la Prefectura de la Parroquia Pulido Méndez del Municipio Alberto Adriani Estado Mérida. Anexo a la presente solicitud se encuentran los siguientes documentos: 1) copia simple de las cédulas de identidad de los solicitantes; 2) Copia Simple de la partida de nacimiento Nº 309 expedida por la Prefectura de la Parroquia Pulido Méndez del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida.
En auto de fecha 14 de Marzo de 2006, se admitió la presente solicitud, acordándose oír la declaración de los solicitantes, oír la declaración de la ciudadana Cruz Delina Peña Carrillo; y, notificar a la Fiscal Especializada.
Visto que se han cumplido todos los requisitos exigidos en el auto de admisión esta Juzgadora previamente para decidir observa que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contempla en su artículo 78, lo siguiente:
“Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y están sometidos a legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetan, garantizan y desarrollan los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República. El Estado, las familias y la sociedad deben asegurarles, con prioridad absoluta, protección integral, para lo cual se tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que les conciernan. El Estado promoverá su incorporación progresiva a la ciudadanía activa, y creará un sistema rector nacional para la protección integral de las niñas, niños y adolescentes” (Subrayado propio).
Asimismo, la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente señala:
“ARTÍCULO 8: Interés Superior del Niño. El interés superior del niño es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños y adolescentes. Este principio está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías…”.
“ARTÍCULO 39: Derecho a la Libertad de Transito. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la libertad de transito, sin mas restricciones que las establecidas en la Ley y las derivadas de las facultades legales que corresponden a sus padres, representantes o responsables. Este derecho comprende la libertad de:
a.) Circular en el territorio nacional
b.) Permanecer, salir e ingresar al territorio nacional.
c.) Cambiar de domicilio o º residencia en el territorio nacional.
d.) Permanecer en los espacios públicos y comunitarios.
En virtud de lo cual lo procedente es Autorizar a la ciudadana CRUZ DELINA PEÑA CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.234.233 para que realice todos los trámites correspondiente para la obtención del Pasaporte del niño JONH ANDERSON LAGUADO CHOURIO.
En cuanto a la Autorización de Viaje, antes de pronunciarse sobre la misma, esta Juez Unipersonal insta a la solicitante a consignar copia del boleto aéreo, indicando la fecha de partida, así como la de retorno.
Por lo anteriormente señalado esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE A LA CIUDADANA CRUZ DELINA PEÑA CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.234.233, para que realice todos los trámites correspondientes por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a fin de OBTENER EL PASAPORTE DEL NIÑO YONH ANDERSON LAGUADO CHOURIO, identificado con la Partida de Nacimiento N° 309, de fecha 13 de Octubre del 1.997, expedida por la Prefectura de la Parroquia Pulido Méndez del Municipio Alberto Adriani Estado Mérida, Una vez conste en autos copia del Pasaporte, así como de los boletos aéreos, se procederá a proveer lo conducente con respecto a la Autorización de Viaje. Expídase la autorización respectiva. Hágase como se pide. Cúmplase. Déjese copia de la presente decisión.


Abg. HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
Abg. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado, librándose autorización respectiva.

El Secretario.
Sentencia N° __________.
Exp. N° 40425
Autorización para tramitar pasaporte.
crisna.-