REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, 09 de mayo de 2.006
EXPEDIENTE Nº: 39.078
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
SOLICITANTE: MARIA ELOISA RAMIREZ SANDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.163.879.
BENEFICIARIO: el niño MIGUEL ANGEL ARANGUREN RAMIREZ, nacido en fecha 09 de septiembre de 2.004, según consta en la Partida de Nacimiento Nº 816 de fecha 13 de diciembre de 2.004.
Visto el escrito presentado por la ciudadana MARIA ELOISA RAMIREZ SANDIA asistida por el abogado HUGOORLANDO GERMENDIA ARELLANO inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.124; solicitó la rectificación de la partida de nacimiento de su hijo MIGUEL ANGEL ARANGUREN RAMIREZ, signada bajo el Nº 816 de fecha 13 de diciembre de 2.004, asentada ante el Registrador Civil del Municipio San Cristóbal por aparecer su sexo como “LA NIÑA” siendo lo correcto “EL NIÑO” asimismo por aparecer el nota de reconocimiento el primer apellido del padre DINSON JOSE ARAGUREN MUJICA como “ARANGUERA” siendo lo correcto “ARANGUREN”. Igualmente vista la notificación firmada por el Fiscal XIV del Ministerio Público en fecha 25 de enero de 2.006 y de los recaudos presentados en los cuales se evidencia que se trata de un error material ameritando un procedimiento breve, es por lo que esta Juez Unipersonal Nº 01 de la SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, conforme a lo previsto en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil y ordena en forma sumaria al Registrador Civil del Municipio San Cristóbal y al Registrador Principal del Estado Táchira, colocar la nota marginal en la partida de nacimiento Nº 162 de fecha 13 de diciembre de 2.004, correspondiente a MIGUEL JOSE ARANGUREN RAMIREZ, en el sentido de que el sexo del presentado es “EL NIÑO” y no “LA NIÑA ” asimismo en la nota de reconocimiento el primer apellido del padre DINSON JOSE ARANGUREN MUJICA es “ARANGUREN” y no “ARANGUERA” como aparecen allí, y en lo sucesivo no expedir copia de dicha partida sin la nota marginal respectiva. Compulsase copias certificadas para el archivo del Tribunal, Registro Civil del Municipio San Cristóbal y Registro Principal mencionados.
Abog. INDIRA MAGALLY RUIZ USECHE
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Abog. ANDREINA DUQUE CASIQUE
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo acordado y se libraron oficios Nos. ______________
La Sria
Exp. 39.078/IRU/MF
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