REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintitrés de mayo de dos mil seis.-
196º y 147º
Recibido por Distribución solicitud constante de tres (03) folios útiles y los recaudos anexos en veinte (20) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos: FREDDY ANTONIO, ZULMA DESIREE, IRAIDA DEL ROCIO, ERNESTO UBALDINO Y LISBETH MORAIMA MORENO PERNIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V.- 13.147.306, V.-13.147.298, V.-14.605.020, V.-14.605.435 y V.-10.163.972, en su orden y hábiles, EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la decujus, CARMEN ROSA PERNIA PARRA, quien fuera madre de los antes mencionados, se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver originales de estas actuaciones dejando copia certificada para el archivo del Tribunal. (fdo)EL JUEZ TEMPORAL. PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRIGUEZ. (fdo)EL SECRETARIO. GUILLERMO ANTONIO SÁNCHEZ MUÑOZ. ((hay sello del Tribunal).