REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, dos (02) de mayo del año dos mil seis.
196º y 147º
Recibido por distribución escrito de solicitud constante de dos (02) folios útiles, y consignados los recaudos constantes de treinta y cinco (35) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias para asegurarle a los ciudadanos: JUANA SAYAGO, JOSE EDICSON GUARIN MONTAÑEZ, GERSON GUARIN MONTAÑEZ, NORMA YANETH GUARIN DE CARRERO, LESBIA DEL CARMEN GUARIN DE USECHE, ANA BRIGITTE GUARIN DE DELGADO, TANÍA JUDITH GUARIN MONTAÑEZ, YULEIMA GUARIN MONTAÑEZ, JOEL GUSTAVO GUARIN MONTAÑES y WILSON JOSE GUARIN MONTAÑEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad en su orden números V-5.649.089, V-6.145.477, V-6.145.478, V-6.233.633, V-10.149.326, V-10.149.325, V-11.491.515, V-11.491.505. V-11.502.128 y V-10.164.174, de este domicilio y hábiles, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del decujus JOSE DEL CARMEN GUARIN, quien fuera el esposo y padre de los antes nombrados. Todo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver original de estas resultas a la parte solicitante y dejar copia certificada para el archivo del Tribunal.-
El Juez Temporal, (fdo) PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRÌGUEZ. EL SECRETARIO, (fdo) GUILLERMO AANTONIO SÁNCHEZ MUÑOZ. (Esta el sello del Tribunal).