GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL, VEINTICINCO DE MAYO DE DOS MIL SEIS.
196º y 147º

Vista la diligencia de fecha 25 de Abril de 2006, suscrita por la ciudadana YELITZA JOSEFINA ACEVEDO TERÁN, venezolana, mayor de edad, divorciada, de este domicilio y con cédula de identidad Nº V-10.134.148, en su carácter de demandante, asistida del abogado LEONEL NICOLÁS CASTILLO NOGUERA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-5.651.902 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.792, por una parte y por la otra LUIS ALBERTO VARGAS SANDOVAL, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, comerciante de este domicilio y con cédula de identidad Nº E-81.411.550, en su carácter de demandado, asistido del abogado ARSENIO PÉREZ CHACÓN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 2.058 y con cédula de identidad Nº 1.523.754, la cual contiene transacción celebrada por las partes, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Se ordena expedir dos copias certificadas, de la transacción y del presente auto. Se levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha en fecha 10 de marzo 2004, notificada con oficio Nº 0860-0429, notifíquese lo conducente al Registrador y al Registro Mercantil, asimismo se levanta la medida de Embargo Preventivo decretada por este Tribunal en la misma fecha. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del Expediente.

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA

En la misma fecha se oficio bajo el Nº 0860-752 al Registrador Inmobiliario de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello y al Registro Mercantil Tercero de esta Circunscripción Judicial, con oficio Nº 0860-753
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA
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