Flor A.
Gado Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, dieciséis de mayo de dos mis seis.
196° y 147°
Vista la diligencia de fecha 25 de abril de 2006, suscrita por las ciudadanas INGRI XIOMARA VARGAS MOGOLLÓN, en su carácter de demandante, asistida por la Abogado ANA DE LA CONSOLACIÓN QUINTERO ESCALANTE, YELITZA JOSEFINA ACEVEDO TERÁN, en su carácter de demandada, asistida por el Abogado LEONEL NICOLÁS CASTILLOS NOGUERA, y el ciudadano LUIS ALBERTO VARGAS SANDOVAL, en su carácter de demandado, asistido por el Abogado ARSENIO PÉREZ CHACÓN, en la cual la demandante INGRI XIOMARA VARGAS MOGOLLÓN desiste de la demanda de tercería y los demandados YELITZA JOSEFINA ACEVEDO TERÁN y LUIS ALBERTO VARGAS SANDOVAL, aceptan el desistimiento de la acción; y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Asimismo, expídase las copias certificadas solicitadas y hágase entrega a los interesados.
La Juez

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria

IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ

Exp. N° 31248