REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 22 de marzo de 2006.
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-001125
ASUNTO : SP11-P-2005-001125



Vista la solicitud de fecha 17 de marzo de 2006, formulada por el Abogado José Manuel García Oliveros, actuando con el carácter de defensor del imputado LEONARDO ADRIÁN TELLEZ BARON, plenamente identificado en la presente causa, donde solicita la extensión de las presentaciones del mismo, este Tribunal para decidir observa:

En fecha 10 de junio de 2005, el Tribunal en Función de Control N° 02 dictó decisión en donde decretó:

“…MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano LEONARDO ADRIAN TELLEZ BARON, identificado en autos, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, de conformidad con los artículos 253 y 256 ordinales 3°, 4° y 5° todos del Código Orgánico Procesal Penal; es decir, consistente en: Presentarse cada ocho (08) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, la prohibición de salir del Estado sin autorización del Tribunal y la prohibición de concurrir a lugares donde se expendan bebidas alcohólicas.


El Tribunal visto lo manifestado por el prenombrado profesional del derecho, aunado al hecho cierto que riela en autos al folio ciento treinta y uno (131), oficio signado con el Nro. ALG-277 de fecha 15-03-2006, suscrito por el alguacil jefe de esta extensión judicial, donde informa las presentaciones que registra el ciudadano LEONARDO ADRIAN TELLEZ BARON, y allí se evidencia que efectivamente el imputado ha dado cumplimiento cabal al régimen impuesto, considera que lo ajustado a derecho en el presente caso es reconsiderar las presentaciones a las que se encuentra sometido el ciudadano LEONARDO ADRIAN TELLEZ BARON; en consecuencia acuerda que las mismas sean efectuadas una vez cada quince (15) días, manteniéndose el resto de las condiciones impuestas en decisión de fecha 10 de junio de 2005, y así se decide.

En mérito de lo anterior este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:

ÚNICO: Amplia la periodicidad en las presentaciones a las cuales se encuentra sometido el imputado LEONARDO ADRIAN TELLEZ BARON, identificado en autos, acordándose que a partir de la presente fecha, sean efectuadas ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, UNA VEZ CADA QUINCE (15) DÍAS, manteniéndose el resto de las condiciones impuestas en la decisión de fecha 10 de Junio de 2005; ello de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio a la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión.




ABG. ELISEO JOSÉ PADRÓN HIDALGO
JUEZ EN FUNCIÓN DE JUICIO N° 02




ABG. LUCY MAIRENA MÁRQUEZ DELGADO
SECRETARIA