REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 7 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-001817
ASUNTO : SP11-P-2005-001817

Visto que la presente causa, se encuentra en la fase para la constitución del tribunal mixto, para la realización del juicio oral y público, a fin de dar cumplimiento a los principios de celeridad, economía procesal y evitar dilaciones indebidas, debe revisarse lo ocurrido en la presente causa, a tal respecto se observa:

I
En fecha 14 de febrero de 2006, fue recibido en este tribunal de juicio la causa constante de 129 folios, procediendo a solicitarse sorteo de lista de escabinos, para la constitución del tribunal.

Corre al folio 134, escrito suscrito por el Abogado Defensor TRINO JOSE MARQUEZ CAMPEROS, mediante el cual entre otras cosas dijo: “…A los fines de obtener una justicia rápida y expedita, sin dilaciones y en virtud, que no se ha podido constituir el Tribunal Mixto, solicito de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal y de reciente Jurisprudencia del Tribunal, solicito se ordene el traslado de mi defendido, a los fines de ratificar, su deseo de renunciar a ser juzgado por un Tribunal Mixto y solicitar se constituya en Tribunal Unipersonal de Juicio…”.

Al folio 144 con fecha 1 de Marzo de 2006, se encuentra agregada acta suscrita por el imputado WILMAN ENRIQUE BUITRAGO PABON, quien manifestó al tribunal, libre de todo apremio, su deseo de prescindir de los escabinos a los fines de la pronta realización del Juicio Oral y Público.

II
En el orden de ideas, se verifica con prístina claridad, que el imputado hizo uso de su legítimo derecho a la renuncia al tribunal mixto, compaginándose con los principios de celeridad procesal, sin perder de vista el derecho que tiene a obtener con prontitud la decisión correspondiente.

III
Por lo anteriormente expuesto, se prescinde de los escabinos, asume el Poder Jurisdiccional totalmente sobre la presente causa y se ordena su continuación como Tribunal Unipersonal, ordenándose notificar al Ministerio Público de la presente decisión. Así se decide.

IV
EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
Unico: Se prescinde de los escabinos, asume totalmente el Poder Jurisdiccional sobre la presente causa y se ordena la continuación del Juicio como Tribunal Unipersonal contra WILMAN ENRIQUE BUITRAGO PABON, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido el día 19-01-1984, de 22 años de edad, de profesión u oficio comerciante, soltero, con cédula de identidad V-15.956.355, hijo de Henry Buitrago (v) y Nora Pabón (v), residenciado en el Barrio Pedro M. Páez, más arriba de la cancha, por el Cristo Rey, en una Casa de bloque rojo, San Antonio Estado Táchira, incurso en la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores.

Notifíquese a la defensa, imputado, fiscal, oficina de participación Ciudadana.

Una vez notificado el fiscal y transcurridos íntegramente 3 días de audiencia, siguientes desde su efectiva notificación, procédase a fijar fecha por auto separado para la realización del Juicio Oral y Público.
Déjese copia.

EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO

ABG. RICHARD ANTONIO CAÑAS DELGADO


LA SECRETARIA

ABG. GEIBBY GARABAN