REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 15 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-000041
ASUNTO : SP11-P-2006-000041
RESOLUCIÓN:

Visto el escrito presentado por ante la unidad de de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal de San Antonio del Táchira en fecha 13 de enero de2006, y que riela en el presente asunto a los folios 99 al 102, ambos inclusive, por el ciudadano ALBARO ARGENIS RODRIGUEZ PAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.185.698, domiciliado en Ureña, Municipio Pedro María Ureña, casado, comerciante, debidamente asistido por el abogado JOSE FELIX HERNANDEZ CARVAJAL, titular de la cédula de identidad N°- 4.910.757, inscrito en el Inpreabogado con el N°- 18.950, el cual solicita a este Tribunal se sirva autorizarlo para colocarle las placas que le fueron entregados por el Ministerio de Transito Terrestre del vehículo de su propiedad el cual posee la siguientes características: MARCA: MACK; COLOR: AMARILLO; AÑO: 1972; TIPO: CAMIÓN (CHUTO); PLACAS: 223-MBE; SERIAL: DM60752867, el cual le fue entregado bajo Guarda y Custodia por este Tribunal según decisión de fecha 19 de junio de 20002, ante tal pedimento este Juzgador antes de decidir previamente observa:
Consta en el presente asunto al folio treinta y seis (36) por lado y vuelto experticia realizada por los funcionarios de la brigada de vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas y CriminalÍsticas de la Seccional de de San Antonio, Estado Táchira quienes son el Sub-Comisario Edgar Leonidas Arellano Escalante y el Sub-Inspector Gustavo Adolfo Jiménez Acevedo los cuales en su correspondiente informe N° 143 de fecha seis de mayo de dos mil dos, llegan a las siguientes CONCLUSIONES:
01.- La placa identificadota ubicada en la puerta del lado izquierdo se encuentra en su estado original.
02.- El serial del chasis, se encuentra alterado.
03.- El serial del motor se encuentra en su estado original.
04.- Se procedió a la activación del serial de chasis, dando como resultado el serial DM607S1262.
Ante la alteración de seriales del chasis este Tribunal opta en fecha 19 de junio de 2002, por entregar el preidentificado vehículo en Guarda y Custodia.
Ahora bien, por cuanto ha quedado demostrado la situación jurídica del vehículo en cuestión, como es el hecho cierto de que el vehículo con las siguientes características: MARCA: MACK; COLOR: AMARILLO; AÑO: 1972; TIPO: CAMIÓN (CHUTO); PLACAS: 223-MBE; SERIAL: DM60752867, el cual le fue entregado bajo Guarda y Custodia, presenta alteración de serielaes de chasis, y por tal motivo lo procedente en el caso in comento es que el solicitante se abstenga se incorporar las mencionadas placas al vehículo el antes descrito a fines de que no varíen las circunstancias por las cuales este Tribunal lo entregó bajo la modalidad de Guarda y custodia.
En Consecuencia, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: Se NIEGA la solicitud de incorporación de la placas PLACAS: 223-MBE al vehículo con las siguientes características: “: MARCA: MACK; COLOR: AMARILLO; AÑO: 1972; TIPO: CAMIÓN (CHUTO); PLACAS: 223-MBE; SERIAL: DM60752867, realizada por el ciudadano ALBARO ARGENIS RODRIGUEZ PAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.185.698, domiciliado en Ureña, Municipio Pedro María Ureña, casado, comerciante, debidamente asistido por el abogado JOSE FELIX HERNANDEZ CARVAJAL, titular de la cédula de identidad N°- 4.910.757, inscrito en el Inpreabogado con el N°- 18.950, una vez agostado el lapso para hacer uso de los recursos envíense las actuaciones para la Fiscalía correspondiente . Es Todo.
Notifíquese a las partes en el presente asunto.



El Juez

La Secretaria

Abg. Mike Andrews Omar Parada Amaya