REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Cristóbal, Martes (10) de Marzo de 2.006
194º y 145º

Revisada como ha sido la presente causa en fase de ejecución de condena en la que aparece como penado el ciudadano MONCADA MONCADA MI-GUEL ALFONSO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-5.643.076, este tribunal hace las siguientes consideraciones:

En sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Tercero de Pri-mera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Tàchira, le impuso al ciudadano antes mencionado, la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, (hoy derogada).

Por decisión de fecha 07-09-2001, el Tribunal Segundo en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal, acordó la Libertad Condicional al penado MIGUEL ALFONSO MONCADA MONCADA, por un tiempo igual al que resta para cumplir su pena princi-pal.

En el informe final remitido a este despacho por la Unidad Técni-ca 3 de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Tàchira, con número de oficio 681, de fecha 15-02-2006, se hace constar que el ciudadano MONCADA MONCADA MIGUEL ARMANDO, le fue otorgado el beneficio de Liber-tad Condicional, concluyendo que cumplió con las exigencias del régi-men, siendo respetuoso y acatador de las normas, finalizando su régimen de prueba, de manera satisfactoria, cumpliendo a cabalidad con sus pre-sentaciones, y permaneciendo estable en las áreas Laboral, Personal y Familiar.

Por tanto, debe decretarse la extinción de la pena, de la corres-pondiente responsabilidad criminal, y la libertad plena de MONCADA MON-CADA MIGUEL ALFONSO. Así se decide.

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguri-dad No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Tàchira, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de ley, DECIDE:

ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA IMPUESTA al ciudadano MON-CADA MONCADA MIGUEL ALFONSO, venezolano, titular de la cédula de iden-tidad Nº V.- 5.643.076, de (10) AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, (hoy derogada), y en consecuencia SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA RESPON-SABILIDAD CRIMINAL y SU LIBERTAD PLENA, en relación con la comisión de tal hecho punible, todo en conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.

Publíquese, regístrese y librense las respectivas notificaciones a las partes. Remítase el expediente al Archivo Judicial una vez firme la presente decisión- Déjese copia. Cúmplase.




Abg. JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ VEGA

Juez de Ejecución Nº 02



Abg. WILLMER ANGEL DÍAZ CHACON.

Secretario