REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No. 5 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 14 de Marzo de 2006
195º y 146º

Visto el escrito presentado por el Abg. JOSÉ EINER GALLEGO GUTIÉRREZ, actuando con el carácter de apoderado de la ciudadana IRMA DEL SOCORRO RANGEL SANCHEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.094.809, mediante le cual, solicita la entrega material del vehículo identificado con las siguientes características: PLACA 361-MAS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF75S49459, SERIAL DEL MOTOR: V-8, MARCA: FORD, MODELO: F-750; AÑO 1976, COLOR AZUL, CLASE CAMIÓN, TIPO: ANTES ESTACA, ACTUALMENTE CAVA, USO: CARGA, propiedad de su poderdante.
Este Tribunal par decidir observa:
Que en virtud de que el referido vehículo fue utilizado para la comisión de un hecho punible como lo es el delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE ILÍCITO DE PRODUCTOS QUÍMICOS SUSCEPTIBLES DE SER DESVIADOS PARA LA OBTENCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y el articulo 66 de la misma ley ordena la confiscación de los bienes empleados para la comisión de dichos delitos, es por lo que este juzgadora niega la entrega del referido vehículo.
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, resuelve: Declara SIN LUGAR la solicitud entrega del vehículo PLACA 361-MAS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF75S49459, SERIAL DEL MOTOR: V-8, MARCA: FORD, MODELO: F-750; AÑO 1976, COLOR AZUL, CLASE CAMIÓN, TIPO: ANTES ESTACA, ACTUALMENTE CAVA, USO: CARGA, hecha por el Abg. JOSÉ EINER GALLEGO GUTIÉRREZ, actuando con el carácter de apoderado de la ciudadana IRMA DEL SOCORRO RANGEL SANCHEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.094.809. Notifíquese y déjese copia.

AB. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
JUEZ DE CONTROL No.5



ABG. MARIA ALEJANDRA GUTIÉRREZ.
LA SECRETARIA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado