REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En día de hoy, martes veintiocho de marzo de dos mil seis, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio ANA KARIN BUSTAMANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.789 quién actúa con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante Sociedad de Comercio INMOBILIARIA ANDINA C.A., é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 15-29, ubicado en la carrera 20 con calle 15, Barrio Obrero de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y COBRO POR DAÑOS Y PERJUICIOS se sigue contra PEDRO DUARTE DELGADO y CARMEN TERESA OCHOA DE DUARTE, en el expediente N° 4078 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Jackson Gamboa, placa 2227. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, para lo cual efectúa los toques de ley a las puertas del presente inmueble, sin obtener respuesta de persona alguna. En este estado la parte actora solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Solicito muy respetuosamente a la ciudadana Juez Ejecutora que por cuanto el inmueble objeto de la presente entrega se encuentra desocupado de personas y bienes muebles, acuerde designar un practico cerrajero, a fin de que proceda a la apertura del mismo, es todo” El Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora acuerda en conformidad lo solicitado, en consecuencia designa como cerrajero al ciudadano: PEDRO OSCAR MONTAÑEZ MORA, titular de la cédula de identidad N° V-10.146.006, quien estando presente manifestó la aceptación del nombramiento y prestó el juramento de ley ante la Juez, de inmediato se le ordenó la apertura del inmueble, y hecho lo cual este Tribunal se constituyó dentro del mismo observando que se encuentra libre de personas y bienes muebles, se aprecia en mal estado de conservación, higiene y habitabilidad. En este estado el Tribunal le hace formal entrega del inmueble a la abogada ANA KARIN BUSTAMANTE, ya identificada, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante, quien lo recibe conforme y en el estado en que se encuentra. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a la 10:30 a.m. y regresa a sus labores. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA
ABG. ANA KARIN BUSTAMANTE
EL FUNCIONARIO POLICIAL
JACKSON GAMBOA
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO
En día de hoy, martes veintiocho de marzo de dos mil seis, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio ANA KARIN BUSTAMANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.789 quién actúa con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante Sociedad de Comercio INMOBILIARIA ANDINA C.A., é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 15-29, ubicado en la carrera 20 con calle 15, Barrio Obrero de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y COBRO POR DAÑOS Y PERJUICIOS se sigue contra en el expediente N° 4078 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Jackson Gamboa, placa 2227. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, para lo cual efectúa los toques de ley a las puertas del presente inmueble, sin obtener respuesta de persona alguna. En este estado la parte actora solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Solicito muy respetuosamente a la ciudadana Juez Ejecutora que por cuanto el inmueble objeto de la presente entrega se encuentra desocupado de personas y bienes muebles, acuerde designar un practico cerrajero, a fin de que proceda a la apertura del mismo, es todo” El Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora acuerda en conformidad lo solicitado, en consecuencia designa como cerrajero al ciudadano: PEDRO OSCAR MONTAÑEZ MORA, titular de la cédula de identidad N° V-10.146.006, quien estando presente manifestó la aceptación del nombramiento y prestó el juramento de ley ante la Juez, de inmediato se le ordenó la apertura del inmueble, y hecho lo cual este Tribunal se constituyó dentro del mismo observando que se encuentra libre de personas y bienes muebles, se aprecia en mal estado de conservación, higiene y habitabilidad. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a la 10:30 a.m. y regresa a sus labores. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA
ABG. ANA KARIN BUSTAMANTE
EL FUNCIONARIO POLICIAL
JACKSON GAMBOA
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO