REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SALA DE JUICIO

Visto el escrito presentado por la ciudadana MARGARITA PEÑA NIÑO, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos MARTHA ISABEL, VICTOR MANUEL, ARGENIS ALEXANDER, GERALDIS ALEXIS, CARLOS ORLANDO, BELQUIS ESPERANZA, DUCLEY WLADIMIR, YURLEIDYTH PASTORA, JESUS BLEIMER y GLENDYS MARGARITA LEON PEÑA asistida por la Abogada LISBE CONSUELO SANCHEZ CHACON, Inscrita en el inpreabogado bajo el N° 33.332, quien solicita sean declarados Únicos y Universales Herederos del de cujus CARLOS JULIO LEON LOZADA -quien en vida era colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de Residente Nro. E-81.409.412.-, falleció ab intestato en el Municipio Samuel Darío Maldonado el día 21 de Noviembre del año 2005-, a sus hijos MARTHA ISABEL, VICTOR MANUEL, ARGENIS ALEXANDER, GERALDIS ALEXIS, CARLOS ORLANDO, BELQUIS ESPERANZA, DUCLEY WLADIMIR, JESUS BLEIMER, GLENDYS MARGARITA e YULEIDYTH PASTORA LEON PEÑA, venezolanos, mayores de edad los seis primeros, adolescentes y niña en su orden. Anexó junto al escrito: copia fotostática de: la cédula de identidad de la solicitante; copia certificada de: el acta de nacimiento de los hijos del causante y cedulas de identidad, y del acta de defunción, perteneciente al de cujus.
Por auto de fecha 24 de Febrero de 2006, se admitió la solicitud, acordándose oír la declaración de dos testigos de reconocida solvencia moral y notificar a la Fiscala Especializada de Protección del Niño y del Adolescente, formalidades éstas debidamente cumplidas, tal y como constan en el presente expediente.
Ahora bien, observa esta Juzgadora que los hermanos MARTHA ISABEL, VICTOR MANUEL, ARGENIS ALEXANDER, GERALDIS ALEXIS, CARLOS ORLANDO, BELQUIS ESPERANZA, DUCLEY WLADIMIR, JESUS BLEIMER, GLENDYS MARGARITA e YULEIDYTH PASTORA LEON PEÑA, son los Únicos y Universales herederos del referido causante, y por cuanto no hay oposición a dicha solicitud, dejando a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, esta Jueza Unipersonal Nro. 05 de la Sala de Juicio del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto CARLOS JULIO LEON LOZADA; a sus hijos MARTHA ISABEL, VICTOR MANUEL, ARGENIS ALEXANDER, GERALDIS ALEXIS, CARLOS ORLANDO, BELQUIS ESPERANZA, DUCLEY WLADIMIR, JESUS BLEIMER, GLENDYS MARGARITA e YULEIDYTH PASTORA LEON PEÑA, venezolanos, mayores de edad los seis primeros, adolescentes y niña en su orden, con Cédula de Identidad Nros. V-12.846.377, V-14.361.711,V-16.281.196, V-17.887.904, V-12.846.604 y V-14.361.710, V-20.397.371., V-20.397.368., V-20.397.365, y partida de Nacimiento N° 23 Expedida por la Parroquia Bocono, Municipio Samuel Darío Maldonado Estado Táchira, en su orden las cuales rielan en copia certificada en el presente expediente.
Devuélvase a los interesados originales de las actuaciones y déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal.
Para el trabajo fotostático se autoriza a la oficina de Alguacilazgo de esta Sala de Juicio, y certifíquese por secretaría.
Publíquese y Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los quince días del mes de Marzo del año dos mil seis. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.






ABOG. MILAGROS DEL VALLE ROJAS ARAQUE
JUEZA UNIPERSONAL Nº 05

ABOG. DIANA MARCELA ESPINOSA
SECRETARIA

En la misma fecha, se publico y se registró la anterior decisión, siendo las diez de la mañana y se cumplió con todo lo ordenado.

El Secretaria.


Exp. 40091
AQC