REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diecisiete (17) de marzo del año dos mil seis.-
195° y 147°
Visto el contenido de la diligencia de fecha 13 de marzo de 2006 (F.16), suscrita por el abogado ELIGIO A. GUERRERO, parte actora en la presente causa, mediante la cual desiste del presente procedimiento, solicita el desglose de la letra de cambio y que se levante la medida decretada.
El Tribunal para decidir sobre su homologación observa:
En el juicio civil o mercantil, en cualquier estado y grado de la causa el demandante puede desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. En este caso el Juez dará por consumado el acto y de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se homologará el desistimiento y, se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
En consecuencia, este Tribunal al analizar el pedimento formulado considera que el mismo resulta jurídicamente procedente.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO realizado por el abogado ELIGIO A. GUERRERO, parte actora en la presente causa. Se acuerda el desglose solicitado, dejando en su lugar copia fotostática certificada. Se insta a la parte actora a consignar las respectivas copias fotostáticas a los fines de realizar el desglose acordado y la certificación. Se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 31 de octubre de 2005, y participada al .Registro Inmobiliario con oficio N° 1262. Ofíciese lo conducente al Registro respectivo. Se ordena el archivo del expediente.
Regístrese, publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
EL JUEZ TEMPORAL. (fdo) PEDRO ALFONSO SANCHEZ RODRIGUEZ. EL SECRETARIO. (fdo) GUILLERMO A. SANCHEZ M.. (HAY SELLO DEL TRIBUNAL).