REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, 14 de marzo de 2006.

195º y 147º
Vista la diligencia de fecha 24 de febrero de 2006, presentada por los ciudadanos ANA MIREYA RUIZ SÁNCHEZ, abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 44.312, actuando con el carácter de Apoderada de los ciudadanos ROSSANA VILMA SANITA ESPITIA y JUSTO ALEXANDER MONTILLA CAICEDO, parte demandada en la presente causa, por una parte y por la otra, el ciudadano OSCAR ALBERTO PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.793.602, asistido por la abogada LISBETH GUTIÉRREZ PERNÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.615, parte demandante en la presente causa, respectivamente, contentiva del CONVENIMIENTO celebrado por las partes en el presente proceso; vista igualmente la diligencia de fecha 13 de marzo de 2006, (Vto F. 72), suscrita por los ciudadanos antes mencionados, mediante la cual manifiestan al Tribunal que se dio cumplimiento con lo convenido en fecha 24 de febrero de 2006; este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado al acto y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, se acuerda remitir original el presente expediente al Tribunal de la Causa Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial a los fines legales consiguientes.-

Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal Jocelynn Granados Serrano
Secretaria
JMCZ/mr.- En la misma fecha se remitió original el expediente constante de Setenta y Cuatro (74) folios útiles el cuaderno principal y el cuaderno de medidas constante de Un (1) folio útil, con oficio N° 390.
Exp: 18329
DEMANDANTE: OSCAR ALBERTO PARRA
DEMANDADO: ROSSANA VILMA SANITA ESPITIA y JUSTO ALEXANDER MONTILLA CAICEDO
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO