REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.-
Por auto de fecha 31 de Enero de 2006, este Tribunal le dio entrada a la solicitud hecha por la ciudadana CARMEN ROSA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.325.693, asistido por la abogada Ana Mariela Urdaneta de Zambrano, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 43.289, en la que solicita se rectifique el error cometido en la Partida de Nacimiento Nº 610 de fecha 14 de Junio de 1948, inserta por ante la Prefectura de la Parroquia Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, en el sentido de que aparece incorrectamente que el nombre de la madre “ ELISA ” siendo lo correcto ” OLIVA”.-------------------------------------------------------------------
Con la solicitud fue acompañado: Copia simple de la cédula de identidad de la solicitante; Partida de Nacimiento Nº 610 expedida por el Registro Principal del Estado Táchira; Partida de Nacimiento Nº 525 expedida por la Prefectura del Municipio Cárdenas, y por el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana OLIVA ALVAREZ RAMIREZ; Copia simple de la cédula de Identidad de la ciudadana OLIVA ALVAREZ RAMIREZ.--------------------------------------------
En fecha 09 de Febrero de 2006, la Abogada Ana Mariela Urdaneta, consignó ejemplar de Diario El Nacional donde aparece publicado el Edicto ordenado y el cual fue agregado a los autos en esa misma fecha.--------------------------------

En fecha 16 de Marzo de 2006, fue notificado legalmente el Fiscal XV del Ministerio Público del Estado Táchira quien compareció por ante este tribunal y manifestó que se cumplieron con las formalidades de Ley y que emite una opinión favorable a la presente solicitud.-----------------------------------------------------




Cumplidas las formalidades legales con el examen de los documentos ya relacionados, el JUEZ llega a la conclusión de que se trata efectivamente de un error material cometido en la Partida de Nacimiento de la ciudadana CARMEN ROSA ALVAREZ y por cuanto efectivamente a los folios 10 y 11 consta la Partida de Nacimiento Nº 525 y Copia de la cédula de identidad, donde se evidencia que efectivamente el nombre de la madre es “ OLIVA ”, es por lo que la presente solicitud de rectificación de error material de Partida de Nacimiento es procedente, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.--------------------------------------------------------------------

Por los motivos expuetos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud. En consecuencia la Partida de Nacimiento Nº 610 de fecha 14 de Junio de 1948, inserta por ante la Prefectura de la Parroquia Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, queda rectificada de la siguiente manera en el sentido de que aparece incorrectamente que el nombre de la madre “ ELISA ” siendo lo correcto ” OLIVA”. Y asi se decide.---------------------------------------
Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por ante el Registro Civil y por el Registro Principal del Estado Táchira a fin de que sea estámpada la corespondiente nota marginal.--------------------------

REGISTRESE Y PUBLIQUESE.------------------------------------------------
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintiuno días del mes de Marzo del dos mil seis. AÑOS 194º de la Independencia y 146º de la Federación.---------------------------------------------------------------------------

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ

Iraly Jocelyn Urribarri Diaz
Secretaria Temporal

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia siendo la una de la tarde y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-

Iraly Jocelyn Urribarri Diaz
Secretaria Temporal
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