REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES

JUEZ PONENTE: GERSON ALEXANDER NIÑO

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

PENADO
WILLIAM ALEXANDER MEJIA CASTILLO

Subieron las presentes actuaciones a esta Corte de Apelaciones, en virtud del recurso de revisión de la sentencia interpuesto por el penado WILLIAM ALEXANDER MEJIA CASTILLO, contra la sentencia definitiva dictada el 26 de febrero de 2.002, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, de este Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de doce (12) años de prisión, por la comisión del delito de Transporte de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la derogada Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a tal efecto esta Corte observa lo siguiente:

Que en fecha 19 de enero de 2006, se le dio entrada a las actuaciones relacionadas con el recurso de revisión interpuesto por el penado WILLIAM ALEXANDER MEJIA CASTILLO, designándose ponente al juez JAIRO OROZCO CORREA. Mediante auto de fecha 23 de enero del mismo año, fueron solicitadas al Tribunal de Ejecución N° 4, copia certificada de la sentencia y de la experticia química practicada a la droga decomisada al mencionado penado.

Que en fecha 16 de febrero de 2006, se le dio entrada a la causa original bajo el N° Rr-922-2006, con ocasión al recurso de revisión interpuesto por el abogado Marcos Raúl Castillo Velandia, en su condición de Juez del Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad No. 04, de este mismo Circuito Judicial Penal, a favor del penado WILLIAM ALEXANDER MEJIA CASTILLO, siendo designado como ponente el Juez JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ, dictando decisión en fecha 14 de marzo de 2006, en la que entre otros pronunciamientos, se dispuso:

“Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 6º del artículo 470 en concordancia con el 475 del Código Orgánico Procesal Penal, decide lo siguiente:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de revisión de sentencia definitivamente firme interpuesto por el Dr. Marcos Raúl Castillo Velandia, en su condición de Juez del Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad No. 04, de este mismo Circuito Judicial Penal.

SEGUNDO: Se revisa la pena impuesta al penado William Alexander Mejía Castillo, en sentencia definitivamente firme de fecha 26 de febrero del año 2.002, mediante la cual se le condenó a cumplir la pena de DOCE AÑOS DE PRISION y en su lugar se le rebaja a OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de Transporte de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 encabezamiento de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas”.

De lo anteriormente señalado, se desprende que esta Corte ya decidió el recurso de revisión interpuesto por el penado WILLIAM ALEXANDER MEJIA CASTILLO, de tal manera que a criterio de esta Alzada, entrar a resolver sobre el fondo recurso de revisión interpuesto por el mismo penado, resultaría inoficioso, toda vez que ya fue resuelto por esta Corte y declarado con lugar. Y así se decide.

DECISION

En consecuencia, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INOFICIOSO entrar a conocer el fondo del recurso de revisión interpuesto por el penado WILLIAM ALEXANDER MEJIA CASTILLO, por lo que se ordena remitir las actuaciones al tribunal de origen.

Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.

Dada, firmada, sellada y refrendada, en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los treinta (30) días del mes de marzo del año dos mil seis (2006). Años: 195° de la Independencia y 147° de la Federación.

LOS JUECES DE LA CORTE,


JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS
PRESIDENTE


JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ GERSON ALEXANDER NIÑO
Juez Titular Juez (T) ponente



JERSON QUIROZ RAMÍREZ
Secretario


En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
JERSON QUIROZ RAMÍREZ
Secretario


Rr-840/GAN/mq