REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida siete de junio del dos mil seis.-------------------------------------------------------------------

196° y 147°

Vista la diligencia fecha 1 de junio de 2006, que obra al folio 22 del presente expediente, suscrita por el abogado ASDRUBAL GIL CONTRERAS, en su carácter de parte actora, mediante la cual informa al Tribunal que la parte demandada ha incumplido el convenimiento realizado y solicita la continuación del juicio, el Tribunal acuerda conforme lo solicitado. En consecuencia de conformidad con el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, se le concede a la parte demandada, un lapso de seis (6) días de Despacho siguiente al de hoy, para que de cumplimiento voluntario a la homologación dictada y así se decide.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO.-

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN