REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 30 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000317
ASUNTO : LP01-P-2003-000317

CÓMPUTO ACTUALIZADO

Visto el oficio que obra al folio 289, mediante el cual la Abg. LICETH BLANCO AGAMEZ, en su carácter de Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, solicita la elaboración de cómputo actualizado de pena al interno ALFRED VALDEMAR OBANDO, venezolano, titular de la cédula de identidad 14.267.742, procede esta Juzgadora a realizar el cómputo actualizado de la pena impuesta al mencionado penado, en los términos siguientes:
El Penado ALFRED VALDEMAR OBANDO, tiene dos causas acumuladas y en virtud de tal acumulación, la pena que debe pagar es de seis (6) años y siete (7) meses de prisión, y hasta el día de hoy ha cumplido un total de pena de tres (03) años, cuatro (04) meses y once (11) días, faltándole por cumplir un tiempo de pena igual a tres (03) años, dos (02) meses y diecinueve (19) días que terminará de cumplir el día 19 de septiembre de 2009.


Decisión

Por lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, 482, 484 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal, actualiza el cómputo de pena impuesta a ALFRED VALDEMAR OBANDO, quien terminará de cumplir su pena el día el día 19 de septiembre de 2009.

Se acuerda notificar al Ministerio Público, a la Defensa y al penado. Igualmente, se acuerda librar Oficio a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, remitiéndole copia certificada de la presente decisión.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02

ABG. AURA AVENDAÑO DE FERNÁNDEZ
LA SECRETARIA

ABG.

Se libraron las Boletas de Notificación Nos._______________________________ y oficio No. _________________________.-

La Secretaria.