REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 1 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-2000-000063
ASUNTO : LL01-P-2000-000063

CÓMPUTO ACTUALIZADO

Por cuanto luego de revisar con detenimiento la presente causa, se observa que al folio 388, cursa un escrito mediante el cual la Abg. LICETH BLANCO AGAMEZ, en su carácter de Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, informa a este Tribunal que en el cómputo de pena elaborado en la presente causa en fecha 14 de febrero de 2002, existe un error, en la fecha de cumplimiento de pena impuesta al ciudadano FRANKLIN JESÚS ROMERO, venezolano, titular de la cédula de identidad 16.656.559, domiciliado en el Barrio Simón Bolívar, Callejón Páez, casa N° 50, Mérida Estado Mérida, procede esta Juzgadora a realizar el cómputo actualizado de la pena impuesta al mencionado penado, en los términos siguientes:

1.- El penado FRANKLIN JESÚS ROMERO, fue condenado a cumplir una pena de nueve (09) años, dos (02) meses y veinte (20) días de presidio, por la comisión del delito de Robo Agravado y Robo Impropio (arrebatón).

2.- Fue detenido el día 06 de noviembre de 1999 hasta la presente fecha (01 de junio de 2006); es decir, que ha permanecido privado de su libertad por un lapso de seis (6) años, seis (06) meses y veinticinco (25) días; más la redención de la pena que se le hiciera en fecha 10 de octubre de 2.002, que fue de un (01) año, un (01) mes y ocho (08) días, y la redención realizada el día 14 de febrero del presente año, que fue de un (01) año, dos (02) meses y dieciocho (18) días, da un total de pena cumplida de OCHO (08) AÑOS, DIEZ MESES Y VEINTIÚN (21) DÍAS; faltándole por cumplir tres (03) meses y veintinueve (29) días, que terminará de cumplir el día treinta (30) de septiembre de 2006.

Decisión

Por lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, 482, 484 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal, actualiza el cómputo de pena impuesta a FRANKLIN JESÚS ROMERO, quien terminará de cumplir su pena el día el día 30 de septiembre de 2006.

Se acuerda notificar al Ministerio Público, a la Defensa y al penado. Igualmente, se acuerda librar Oficio a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, remitiéndole copia certificada de la presente decisión.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02

ABG. AURA AVENDAÑO DE FERNÁNDEZ
LA SECRETARIA

ABG.

Se libraron las Boletas de Notificación Nos._______________________________ y oficio No. _________________________.-

La Secretaria.