REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE JUICIO NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA

San Cristóbal, 06 de Junio de 2006
196° y 147°


Visto el escrito presentado por la abogada Norelis Coromoto Pérez Ávila, en su carácter de defensora del imputado HECTOR ALEXIS GONZALEZ, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Táriba, Estado Táchira, nacido el 30 de Septiembre de 1970, Titular de la Cédula de identidad Nro. 10.345.331, de profesión u oficio transportista, hijo de Giomar Gonzalez (v), residenciado en Barrancas parte alta vereda Alí Primera, esquina, Casa S/N, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, donde solicita le sean entregados una serie de objetos a su defendido, este Juzgado para decidir observa:
Todo lo solicitado se resolverá en el Juicio Oral y Público a razón de que no se puede determinar por adelantado si algunos de estos elementos se hacen necesarios para dilucidar la verdad de los hechos o comprobar algunas de las razones expuestas por las partes, y que el Tribunal debe resolver con certeza. Por lo cual ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: NEGAR la solicitud realizada por la defensa del acusado HECTOR ALEXIS GONZALEZ, quien es nacionalidad venezolano, natural de Táriba, Estado Táchira, nacido el 30 de Septiembre de 1970, Titular de la Cédula de identidad Nro. 10.345.331, de profesión u oficio transportista, hijo de Giomar Gonzalez (v), residenciado en Barrancas parte alta vereda Alí Primera, esquina, Casa S/N, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, todo de conformidad con lo establecido por los artículos 5 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.





ABG. RICHARD E. HURTADO CONCHA.
JUEZ CUARTO DE JUICIO


ABG. MARIA NELIDA ARIAS
SECRETARIA
CAUSA N° 4JM-811-04, 4JM-1060-06