JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

196° y 147°


Visto el contenido de la diligencia de fecha 05-10-1.995, suscrita por el ciudadano JESÚS RAMÓN AMAYA QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº 15.774.674, parte demandada, asistido por la abogada MARÍA TERESA MENDOZA RIOS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 23.630, por una parte, y por la otra, el abogado ALVARO MENDOZA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 31.108, coapoderado judicial de la parte demandante en la presente causa, mediante la cual deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los treinta días del mes de junio del año dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.


GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal



MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria