JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

196° y 147°

Vista la diligencia de fecha 10/02/1994, suscrita por la parte demandante, ciudadano JAVIER ARMANDO RAMIREZ ARELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.149.154 y de este domicilio, asistido del abogado JOSE LUIS TORRES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 38.656, por una parte, y por la otra la parte demandada, ciudadano JORGE ENRIQUE GONZALEZ RUIZ, colombiano, mayor de edad, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.237.695, asistido del abogado JULIO AZARA HERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.310, en la cual deciden poner fin al presente procedimiento mediante DESISTIMIENTO, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; en virtud que en la presente causa no hay más actuaciones que practicar archívese el expediente.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil seis. (26/06/2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.



GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL

MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA