REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintinueve (29) de junio de dos mil seis.
196° y 147°

Recibida por distribución la solicitud constante de dos (02) folios útiles y los recaudos consignados constantes de once (11) folios útiles. Fórmese expediente, inventariase, désele entrada y el curso de ley correspondiente y tramitase por la vía civil. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior partición amistosa, realizada por los ciudadanos ANTONIO NELSO MONTAÑÉS Y MARIA TERESA CORONADO DE MONTAÑEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad N° V-5.020.030 y V- 5.676.623 respectivamente, divorciados y civilmente hábiles, asistidos por la abogada Soraya Astrid Rodríguez Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 44.588, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1713 del Código Civil, el cual establece:

“La transacción es un contrato por el cual las partes, mediante reciprocas concesiones, terminan un litigiopendiente o precaven un litigio eventual”.

En tal virtud este Tribunal homologa la partición y liquidación de bienes que integran la sociedad conyugal que existió entre los ciudadanos ANTONIO NELSO MONTAÑEZ Y MARIA TERESA CORONADO DE MONTAÑEZ, asistidos por la abogada Soraya Astrid Rodríguez Rodríguez, antes identificados en los términos por ellos expuestos. Se acuerda expedir dos (2) copias certificadas de la presente homologación y se acuerda devolver el original de la presente la anterior solicitud y dejar copia certificada para el archivo del Tribunal. El Juez Temporal, (Fdo) Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez. El Secretario, (Fdo) Guillermo Antonio Sánchez Muñoz. (hay sello del Tribunal).