REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintinueve (29) de junio de dos mil seis.

196º y 147º

Recibido por distribución solicitud de título supletorio, constante de tres (03) folios útiles y consignados sus recaudos, constantes de once (11) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, y tramitase por la vía civil, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho se declara TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN O DERECHOS DE LAS MEJORAS CONSTRUIDAS SOBRE: Un lote de terreno propio ubicado en Paramillo, Sector La Cueva del Oso parte alta, vía el Páramo, Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, con una superficie de dos mil metros cuadrados (2.000 Mts2), cuyos linderos son: Norte: Con propiedad de Jesús Pacheco Miranda; Sur: Con propiedad de Lizardo Márquez Pérez; Este: Con propiedad que son o fueron de Manuel Carrera y sucesión Vivas; Oeste: Con propiedad de Jesús Pacheco Miranda, la propiedad de dicho terreno consta y se desprende de documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público Inmobiliario del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, bajo el N° 37, tomo 19, Protocolo 1°, correspondiente al 4° trimestre, las mejoras consisten en dos (02) casas para habitación, compuestas de la siguiente manera: Casa N° 1: Tiene una construcción aproximada de doscientos quince metros cuadrados (215,00 Mts2) distribuida mediante los siguientes anexos; Una terraza abierta exterior en la parte norte de la edificación, un salón principal y comedor, pasillo principal, tres (3) dormitorios, un (1) dormitorio principal con vestier y baño anexo, dos salas de baño que sirven a los tres dormitorios, un área de estudio, cocina, baño auxiliar, pantry, despensa, oficios, dormitorio y baño de servicio, áreas de circulación y acceso posterior; Casa N° 2: tiene un área de construcción aproximada de cuarenta y un metros cuadrados (41,00 Mts2) distribuida mediante los siguientes ambientes: sala y cocina, una sala de baño, dos dormitorios. Dichas mejoras han sido fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana Dhorssy Yvone Altuve Contreras, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.804.696, de este domicilio y civilmente hábil. Se acuerda devolver original estas actuaciones al solicitante y dejar copia certificada para el archivo del Tribunal._ El Juez Temporal, (Fdo) Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez. El Secretario, (Fdo) Guillermo Antonio Sánchez Muñoz. Esta el sello del Tribunal.