REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTÓBAL, Diecinueve de Junio de Dos Mil Seis.-
196º y 147º
Recibido por distribución solicitud de únicos y universales herederos, constante de un (01) folio útil y consignados los recaudos constantes de siete (07) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Civil Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a ELADIO CARRERO SIERRA, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, domiciliado en el Piñal Municipio Fernández Feo, Táchira, titular de la cédula de identidad N° V.-12.971.354 y civilmente hábil, el carácter de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del de cujus ISIDRO CARRERO OCHOA, quien fuera en vida padre del antes nombrado. Se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver originales estas actuaciones dejando copia certificada para el archivo del Tribunal. EL JUEZ TEMPORAL, (Fdo) Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez. EL SECRETARIO (Fdo) Guillermo Antonio Sánchez M._